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El tribunal pluripersonal a cargo del debate estará integrado por los jueces Mauricio Martelossi (presidente); Claudia Bressán y el abogado de la matrícula Leandro Díaz que fue sorteado conjuez. De acuerdo a lo informado por la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de Vera, está previsto que a las 14:30 comience la primera audiencia en la que se realizarán los alegatos de apertura de las partes. Las audiencias continuarán –en horario matutino y vespertino– hasta el martes 10 de abril, fecha en la que está prevista la lectura de la sentencia.

Desde la Oficina de Prensa del Ministerio de la Acusación detallaron como se fueron dando los pasos hasta llegar al día del juicio.

> Dos investigaciones

“Después de un largo recorrido en el que la Defensa hizo alrededor de 15 planteos recursivos que demoraron el proceso, llegamos al juicio con dos acusaciones que se acumularon”, detalló Benegas. “La primera de ellas se inició a partir de la denuncia realizada por la madre de la víctima en 2015, por delitos contra la integridad sexual en perjuicio de su hija cometidos durante seis años. La segunda investigación, en tanto, se inició a partir de ilícitos cometidos en la vía pública en junio de 2015, luego de que el acusado recuperara su libertad tras haber estado en prisión preventiva”, precisó el fiscal.

Benegas sostuvo que “contamos con el testimonio que brindó la víctima en Cámara Gesell y con informes muy precisos de la psicóloga que la entrevistó; con documentos elaborados por los peritos de la propia Corte Suprema de Justicia de la provincia; y con estudios realizados en la ropa de la víctima en los que se encontró ADN del acusado”.

> Primera acusación

El fiscal del MPA recordó que “en el primer legajo se investigaron abusos sexuales a la niña ocurridos en un número indeterminado de veces en la casa en la que convivía con su padre y en la que compartían la habitación”.

Por estos ilícitos, el fiscal Benegas imputó a MAD como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por el vínculo y por ser el autor el encargado único de la guarda y cuidado de la menor, aprovechándose de su situación de convivencia). Además, le atribuyó la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante (por la circunstancia de su realización), reiterado y agravado (por el vínculo y por ser el autor el encargado único de la guarda y cuidado de la menor, y aprovechándose de su situación de convivencia) y corrupción de menores agravada (por el vínculo) Los dos hechos fueron imputados en concurso real.

> Segunda acusación

“La segunda acusación se generó a raíz de hechos ocurridos en junio de 2015, luego de que el imputado recuperara su libertad tras haber estado en prisión preventiva a raíz de la primera investigación”, recordó el fiscal. “En la noche del miércoles 24 de junio, el hombre persiguió a su hija en la vía pública, la sorprendió por la espalda, la golpeó y luego abusó sexualmente de ella en un tinglado en construcción”, relató el fiscal. “Finalizado el acto sexual al que fue sometida, entre llanto y desesperación, la niña comenzó a correr por la calle y a los pocos metros se desmayó y cayó inconsciente al piso. Unos vecinos que pasaban por el lugar avisaron a los servicios de emergencia, y una ambulancia del hospital regional de Vera trasladó a la niña a un centro de salud donde recibió atención médica”.

El fiscal Benegas recordó que “cinco días antes, y a pesar de estar vigente una medida de distancia, el acusado interceptó a su hija en la calle para pedirle que desistiera de la denuncia penal por los abusos sufridos durante su infancia. Ante la negativa de la víctima, el padre le sugirió que se suicidara”. El funcionario del MPA agregó que “ese mismo día a la noche, el acusado le envió una solicitud de amistad a través de la red social Facebook”. Por último, indicó que “al día siguiente, la niña se sintió afectada e ingirió medicamentos que le sacó a su madre, motivo por el cual debió ser trasladada al hospital de Vera”.

Por estos hechos de 2015, el fiscal Benegas imputó a MAD como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (por haber producido un grave daño en la salud física y moral de la víctima; por el vínculo al ser el autor el encargado único de la guarda y educación de la menor y tener la tenencia judicial de la menor en forma exclusiva)

En tanto, por lo ocurrido un mes antes, Benegas le atribuyó la autoría del delito de desobediencia a una orden judicial. Los dos hechos fueron atribuidos en concurso real.

> En la alcaldía

Benegas también recordó que “luego del abuso sexual de la menor en la vía pública, el acusado volvió a quedar en prisión preventiva y fue alojado en la alcaidía de la ciudad de Vera. En septiembre de 2015, la niña fue inducida por una hermana y por su abuela y su tía paternas a ingresar a la celda en la que estaba alojado su padre, quien nuevamente la intentó convencer para que cambiara su declaración judicial”.

El fiscal aclaró que estos hechos forman parte de otra investigación, no obstante, indicó que “también serán puestos a consideración del tribunal en el marco del juicio oral y público”.

> Querellante

La madre de la víctima y expareja del acusado se constituyó como querellante. En el juicio estará representada por el abogado Nicolás Vera del Centro de Asistencia Judicial (CAJ) de la ciudad de Vera.

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