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lunes, febrero 24, 2025

Ni CINCOVIAL ni el gobierno indemnizarán a los trabajadores del peaje

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La empresa asegura que no tiene ninguna obligación de hacerse cargo de la indemnización de los 120 trabajadores que quedarán en la calle porque el contrato dice que de los empleados debe hacerse cargo la empresa que toma la concesión. El Estado Nacional también se desentendió del tema. Crece la angustia de las familias.

Los trabajadores, representados por su gremio, un representante de la empresa y uno de Vialidad Nacional se reunieron en el Ministerio de Trabajo de la ciudad de Rosario el último viernes. Allí se dejó en claro que nadie quiere hacerse cargo de la indemnización de los trabajadores que quedarán en la calle por la decisión del Gobierno Nacional de levantar los peajes de la Ruta Nacional N° 11.

El apoderado de la empresa CINCOVIAL, Dr. Gonzalo Sifone, fue el primero en pedir la palabra y, de acuerdo al acta firmada por las partes, presentó el Acta Acuerdo de Readecuación del Contrato de Concesión del Corredor Vial N° 5. Resolución 3061/12 de la Administración General de la Dirección Nacional de Vialidad, manifestando asimismo que el contrato de concesión es de acceso público, no obstante expresa que de dicho documento no surge ninguna información adicional relacionado con lo tratado en esta negociación, ratificando que de la misma surge que CINCOVIAL SA en ningún caso deberá hacerse cargo del pago de indemnización alguna.

El representante de Vialidad Nacional, Dr. Daniel Romagnoli, manifiesta que, es dable aclarar que el vínculo que une a la Dirección Nacional de Vialidad con la Empresa Concesionaria en de derecho público en tanto que los empleados de peajes tienen una relación laboral con la citada Empresa, cuyo vínculo es regido por el derecho privado. En relación a la indemnización de los trabajadores, no surge de la cláusula décimo primera del Acta Acuerdo acompañada que la indemnización sea a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad y por ende tampoco a cargo del Estado Nacional

El gremio declaró la libertad de accionar tomando todas las medidas que considere con el objetivo de lograr la indemnización de los trabajadores.

El acta completa

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