25.6 C
Santa Fe
jueves, marzo 6, 2025

Migraciones: aval a la ley para expulsar extranjeros

Además

Eliminatorias: Vuelve Neymar a la lista de convocados de Brasil

Brasil dio a conocer la lista de convocados para la próxima doble fecha de Eliminatorias rumbo al Mundial 2026, y la...

Talleres modificó la tabla de campeones argentinos

Talleres de Córdoba rompió una racha de 26 años sin títulos y consiguió su segunda estrella, la primera a nivel nacional, sumándose así...

Moreno y Fabianesi: “El sueño es llegar a los 40.000 socios”

Luego del entrenamiento matutino del plantel de Colón en el predio 4 de junio, tomó la palabra el director...

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó ayer la constitucionalidad de la ley de migraciones en lo referido a la posibilidad de cancelar residencias que hubiesen sido otorgadas y expulsar extranjeros, según argumentaron fuentes judiciales a Télam.

La Cámara lo hizo al rechazar un recurso de Casación interpuesto por la defensa oficial de un condenado por supuesto contrabando agravado de estupefacientes destinados a la comercialización. El fallo fue firmado el viernes pasado por los integrantes de la Sala IV de Casación, pero difundido recién ayer por el Centro de Información Judicial (CIJ), que depende de la Corte.

Los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos rechazaron el recurso de la defensa que pretendía la declaración de inconstitucionalidad del artículo 64 de la ley de migraciones.

El tribunal ratificó, por unanimidad, la validez constitucional del artículo de la ley que regula las condiciones de expulsión de los extranjeros que se encuentren cumpliendo penas privativas de la libertad.

En rigor, Casación validó los elementos que deben darse para poder expulsar del país a un extranjero condenado: haber cumplido la mitad del tiempo de la condena impuesta y no tener otra causa abierta en la que interese su detención o una condena pendiente.

La ley establece, además, que la ejecución del extrañamiento da por cumplida la pena impuesta originariamente por el tribunal competente de nuestro país.

Al respecto, la Sala IV ya había expresado en otro fallo que la prohibición de reingreso que rige para la expulsión -permanente o por cinco años, como mínimo- se aplica también a los casos de extrañamiento.

Seguí todas las noticias de RadioEME.com
en Google News

Últimas noticias

Eliminatorias: Vuelve Neymar a la lista de convocados de Brasil

Brasil dio a conocer la lista de convocados para la próxima doble fecha de Eliminatorias rumbo al Mundial 2026, y la...

Talleres modificó la tabla de campeones argentinos

Talleres de Córdoba rompió una racha de 26 años sin títulos y consiguió su segunda estrella, la primera a nivel nacional, sumándose así a la lista de campeones...

Moreno y Fabianesi: “El sueño es llegar a los 40.000 socios”

Luego del entrenamiento matutino del plantel de Colón en el predio 4 de junio, tomó la palabra el director deportivo Iván Moreno y Fabianesi....

Una camioneta manejaba en zigzag y chocó contra un taxi en Chubut

Una camioneta manejaba en zigzag en la Ruta 3 y chocó de frente contra un taxi lo que provocó un grave accidente, en el cual todos los...

Ministro de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe: “Los jueces tenemos la obligación de opinar de estos hechos”

El ministro de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Daniel Erbeta, expresó su preocupación ante este mecanismo de designación. "Hay una sola...

Artículos relacionados