Lo dictaminó la jueza federal Naomi Reice Buchwald, quien consideró que “silenciar” a los usuarios que lo critican representa un acto contra la libertad de expresión.
El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, utiliza sus redes sociales como una secretaría de prensa y difusión paralela a la Casa Blanca. En reiteradas oportunidades hasta se encargó de comunicar, de manera torpe y desprolija, anuncios de Estado o iniciar conflictos internacionales con diversos países, lo que terminó recrudeciendo los vínculos bilaterales con jefes de Estado, como ocurrió con Siria y Rusia.
En la era en la que todo pasa por las redes, la presidencia de una de las potencias del mundo también hace base en el mundo virtual. Sin dudas, la plataforma más elegida por Trump es Twitter y no sorprende que el jefe de Estado elija la herramienta más directa, cruda y con un tono mucho más confrontativo que las otras, considerados por los expertos como las “light apps”: con Instagram y Facebook a la cabeza.
Trump no conoce de embestiduras presidenciales a la hora de redactar los 140 caracteres y varias veces se cruzó directamente con los usuarios que lo increpaban allí. El bloqueo de cuentas, una posibilidad que todos los usuarios tienen a mano para evitar que determinadas personas puedan leerte o escribirte, también es un recurso que utiliza(ba) para “silenciar” a sus miles de detractores.
Pero el mandatario norteamericano deberá abandonar esa práctica pronto, ya que la jueza federal Naomi Reice Buchwald dictaminó que es inconstitucional que bloquee a cualquiera de sus 52,2 millones de seguidores. Según la magistrada, esa modalidad atentaría contra la libertad de expresión y sería una manera de sortear a la Primera Enmienda, que busca salvaguardar la pluralidad de los puntos de vista.
“Bloquear a los demandantes por sus opiniones políticas supone una forma de discriminación”, consideró la jueza, despertando así la polémica en torno al rol del presidente en su cuenta personal @realDonaldTrump y planteando una nueva incógnita: En la era de la virtualidad, ¿viene primero el derecho individual de poder utilizar una red social o se anteponen las funciones presidenciales?