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lunes, noviembre 4, 2024

La Anmat prohibió una miel y un jugo de pomelo, entre otros productos

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de la “Miel de la Pradera 100% nacional”, así como una marca de jugo, arroz y suplementos deportivos, según fue publicado hoy en el Boletín Oficial .

A raíz de una denuncia recibida en el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la miel mencionada, se comprobó que el producto no cumplía con la legislación alimentaria vigente resultando ser ilegal. Como consecuencia, el organismo estatal resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional de la “miel de la pradera 100% natural”, origen Sierras de Córdoba. La medida se publicó en la Disposición 7708/2018.

También por una denuncia recibida en el INAL, detallada en la Disposición 7710/2018, se arribó a la conclusión de que el producto OxyElite Pro, elaborado por UPSLabs y en venta en MercadoLibre, no cumplía con los requerimientos de la normativa alimentaria vigente y no se encontraba registrado en la base de datos de la ANMAT. Es por ello que se resolvió su prohibición su comercialización en todo el territorio nacional.

Además, en el marco de un programa de monitoreo, la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl) determinó que el “Jugo 100% natural pomelo” marca Estancia los Naranjos no cumple con la normativa vigente al carecer de autorización de producto y de establecimiento, resultando ser ilegal. Con esto, la Anmat resolvió prohibir su comercialización en todo el territorio nacional en la Disposición 7709/2018.

La misma agencia realizó un operativo en relación al producto “Arroz largo fino, 00000 con indicación de logo sin TACC”, de la marca San Javier, el cual tampoco cumplía con la normativa alimentaria vigente. Por este motivo, el organismo estatal resolvió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional y publicar la información respectiva en la Disposición 7712/2018.

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