A partir de esa fecha, el pago a cuenta (VEP) de las tropas que se remiten a faena deberá corresponderse con el día de faena, aunque se contemplarán casos de emergencia.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recordó que a partir del 1 de octubre próximo, el pago a cuenta (VEP) de las tropas que se remiten a faena deberá corresponderse con el día de faena.
La medida se encuadra en la adecuación del Sistema de Faena (SIGICA/SIF) para impedir la emisión del documento electrónico Autorización de Faena con fecha posterior a la faena realizada por el organismo junto con la Dirección Nacional de Control Comercial Agropecuario (DNCCA) y la Secretaría de Agroindustria.
El Servicio de Inspección Veterinaria (SIV) de cada establecimiento habilitado por el Senasa o las provincias podrá habilitar una “Faena de Emergencia”, lo que permitirá el pago postdatado del VEP en un plazo de hasta 72 horas hábiles, solo en situaciones puntuales.
En este último caso, y de no regularizarse el pago, la empresa será notificada de la infracción y deberá presentar los descargos correspondientes, avalados por el SIV, ante los organismos centrales del Senasa o la DNCCA, según corresponda.
“Con esta herramienta se favorece el cumplimiento de la normativa vigente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), sin desatender casos excepcionales de problemas con el sistema de pago o la necesidad de realizar una faena de emergencia, por ejemplo por razones de bienestar animal, que requieran una velocidad de respuesta mayor a la capacidad de regularizacion del pago del VEP”, explicó el organismo.
Asimismo, indicó que el mismo día cambia el plazo de caducidad de los Documentos de Tránsito electrónico (DT-e), por lo que queda en tres días la vigencia para los documentos “vencidos” antes de pasar al estado de “caducado”.
De esta forma, todos los documentos vencidos que no sean informados como “faenados” o “sin arribo de la tropa” que lleguen al estado de “caducado” implicarán el bloqueo automático del establecimiento de faena para recibir tropas.
Las empresas tendrán notificaciones en el sistema sobre los documentos vencidos y, en caso que se bloqueen por uno o más documentos caducados, podrán informar su situación para subsanar la situación y recuperar la funcionalidad del sistema.
En tanto, hasta la efectiva implementación de estas mejoras, los establecimientos de faena tienen tiempo para regularizar las faenas “no informadas” en los sistemas, todos los pagos pendientes y la situación de los DT-e ingresados que aún no fueron informados por sistema.
Finalmente, el Senasa recordó que todo DT-e informado “sin arribo” desencadenará el bloqueo del establecimiento de origen en el Registro Nacional Sanitario del Productor Agropecuario (RENSPA) para emitir nuevos documentos y una comunicación a la oficina del organismo de la jurisdicción para notificar fehacientemente al productor para que pueda presentar sus descargos.
Fuente: Infocampo