El abogado previsionalista Christian D’Alessandro dio detalles de la complicada situación legal del músico.
Pipo Cipolatti está acusado de cobrar durante seis meses la jubilación y pensión por viudez de su madre fallecida. Si bien él negó públicamente haber falsificado firmas y documentos, no ocultó su intención de seguir cobrando estas sumas de forma indebida con el argumento de que atraviesa una difícil situación económica.
RatingCero.com consultó al respecto al abogado previsionalista Christian D’Alessandro, quien vislumbró el difícil escenario jurídico que deberá enfrentar el cantante.
¿Hubo una falla en el sistema para que Cipolatti cobre por seis meses una pensión que no le correspondía?
-En el caso de la pensión, el sistema no falla. El problema saltó con una demora. Él fue quien adulteró o fraguó un instrumento público que fue la ‘fe de vida’ de la madre fallecida. Él falló. Llevó a cabo un acto de falsificación y un atentado contra el fisco. Los controles se hacen bien, relativamente. Las cajas previsionales tienen acuerdos con organismos públicos. Informan los estados de cada una de las personas. Él pudo demostrar por un tiempo que la madre estaba viva. Hasta que el Registro Nacional de las Personas actuó en consecuencia e informó la caja de retiro”.
¿Puede ir preso el cantante por falsificar un documento de su madre?
-Puede ir preso. Si se demuestra que hubo falsificación de instrumento público determinada a acreditar la identidad de las personas, las penas van de 3 a 8 años de prisión. Todo depende de la calidad del instrumento. Así lo especifican los artículos 292 y 293 del Código Penal”.
¿Es común que sucedan este tipo de casos?
-Que falsifiquen un instrumento público no es tan común. Cuando una persona fallece a dos días de volver a recibir la prestación, ahí si es muy común que algún familiar vaya y cobre. No deja de ser una percepción indebida. Se descuenta después. Se efectúan cargos. Pero el trámite de la fe de vida es personal, inclusive si la persona está postrada, un médico tiene que constatar la fe de vida de esa persona. Los procedimientos varían dependiendo de las cajas, pero siempre se tiene que constatar la fe de vida”.