El estado provincial, a través de la Dirección Provincial Caja de Pensiones Sociales Ley 5110 brinda a la comunidad un beneficio, de origen no contributivo, en el que no es necesario haber efectuado aportes previos para recibirlo.
La fecha planteada es el lunes 29 de abril.
Este beneficio da alcance a las personas de la tercera edad, a aquellas imposibilitadas en forma permanente a desarrollar tareas que le permitan generar los recursos mínimos indispensables para su sustento y no tengan acceso a una jubilación, o cualquier otro tipo de beneficio similar, y a madres y menores que por diversos motivos hayan quedado desamparados y como consecuencia se encuentren en situación de alta vulnerabilidad económica social, ya sea de indigencia o pobreza.
Asimismo la Caja de Pensiones Sociales Ley 5110 gestiona la Pensión Malvinas, beneficio mensual de guerra para todas aquellas personas civiles o militares que participaron de las acciones bélicas en el Atlántico Sur, según Ley 11586 y Ley 12466.