Leandro Rodríguez Lastra fue juzgado y declarado culpable por “incumplimiento de los deberes de funcionario público” dado que accionó contrariamente a lo estipulado en la Ley provincial rionegrina 4.796 de “Atención Sanitaria en casos de abortos no punibles”, el Decreto provincial 182/2016 y la Ley nacional 26.485.
El juez, Álvaro Meynet, dio a conocer su veredicto esta mañana y en los próximos días informará la pena que puede ser de hasta 2 años de prisión en suspenso e inhabilitación para ejercer la medicina.
El caso
La joven, de 19 años, no era paciente del doctor Rodríguez Lastra, ni del hospital Pedro Moguillansky de Cipolletti, Río Negro, donde éste es jefe del servicio de Ginecología. Esto ocurrió en abril de 2017. La mujer llegó, derivada desde otra localidad a la guardia del hospital, con fuertes dolores y declarando haber ingerido una droga abortiva proporcionada por una ONG.
Rodríguez Lastra corroboró que tenía 22 semanas y media de gestación (es decir, acababa de entrar en el 6º mes, según las tablas de conversión). El feto pesaba más de 500 gramos.
“Ella decía que le habían dado una pastilla abortiva, pero no en el hospital; se la dieron las integrantes de una red llamada de ‘Socorristas’, una agrupación feminista que asiste a mujeres que quieren abortar -dice Rodríguez Lastra-. Yo eso no lo podía tomar seriamente, no podía saber qué le habían dado realmente. Siendo un lugar clandestino, no podía averiguar qué droga había ingerido. El embarazo era de 22 semanas y media y el feto tenía 500 gramos. Las pastillas abortivas sirven para embarazos mucho menos avanzados; los otros presentan otras complicaciones”.