A finales de 2017 el gobierno nacional propuso y logró la aprobación legislativa del cambio en la ley de Movilidad Jubilatoria. Un análisis de monto de haberes en 2018 y 2019 da cuenta si se cumplió la promesa del presidente Mauricio Macri.
Desde 2008, las jubilaciones y pensiones tenían por ley un incremento garantizado dos veces por año, en marzo y septiembre, en base a un coeficiente que promediaba la variación de salarios de la economía con la variación de la recaudación tributaria semestral, con un rezago de 6 a 12 meses. A finales de 2017 el gobierno nacional propuso y logró la aprobación legislativa del cambio en la ley de Movilidad Jubilatoria. Un análisis de monto de haberes en 2018 y 2019 da cuenta si se cumplió la promesa del presidente Mauricio Macri: “Los jubilados no va a perder con el nuevo sistema”.
La nueva ley de actualización jubilatoria impuso una serie de modificaciones:
El coeficiente de actualización pasó a estar compuesto un 70% por la variación del IPC (Índice de Precios al Consumidor) oficial y un 30% la variación de los salarios. Asimismo, se pasó de 2 a 4 actualizaciones anuales.
Se aseguró para los jubilados con al menos 30 años de aporte que el haber no será inferior al 82% del Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Se otorgó un bono por única vez en marzo, de $750 para jubilados con ingresos menores a $10.000 siempre y cuando se hayan jubilado con la cantidad de años de aportes exigidos. El resto, básicamente los jubilados por moratoria, recibieron un bono de $375. Los beneficiarios de AUH percibieron $400.
La ley y la trampa
En la práctica, la nueva fórmula para la actualización de haberes tiene importantes efectos en dos sentidos. Por un lado, la consolidación de la pérdida en el poder adquisitivo de las jubilaciones experimentada durante los dos primeros años de la gestión de Cambiemos. Por otro, sumado a otras medidas en torno al sistema previsional (como la eliminación de la moratoria jubilatoria), la consolidación del quiebre de un sistema inclusivo. Ahora no todos los adultos mayores pueden aspirar a los mismos derechos, sino que consolida un esquema de jubilados de primera y de segunda.
Como mencionó Cepa en varias oportunidades, la recuperación del poder adquisitivo de las jubilaciones dependía de la reducción de la inflación, cosa que en virtud de los datos actuales no se produjo.
Resulta particularmente relevante el análisis de los índices de este año. Como se mencionó, la movilidad se conforma con 70% de variación de precios, y el restante 30% en relación a la variación de los salarios según el Ripte (Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables). Lo que se observa es que, durante 2019, la inflación considerada para la movilidad (julio a diciembre 2018) habrá alcanzado un 27,24%, mientras que el Ripte ascendió a solo 16,02%, lo que deriva en un aumento acumulado de las jubilaciones de 23,84%. Es decir, la “fórmula Pichetto” que incluyó la variación salarial perjudicó a los jubilados en casi 3,5 puntos.
Como mencionamos en otras oportunidades, esto debió haberse subsanado indicando que se utilizaría el mayor de los valores entre la fórmula prevista o la inflación.
Según el gobierno, el efecto inflacionario sobre la recaudación podría cubrir el impacto de esta diferencia. Sin embargo, la recaudación se está moviendo en valores sensiblemente inferiores a los de la inflación: el promedio de incremento en el primer cuatrimestre es de 42,9% mientras que la de la inflación se estima en 56,8%.
“No van a perder”
Se ha discutido acerca de los beneficios de una y otra fórmula. Vale mencionar en este sentido que la fórmula anterior hubiese sido más beneficiosa para el conjunto de jubilados. Pero, además, la nueva fórmula atrasa tres meses (en marzo de 2018 se reciben las variaciones de julio a septiembre de 2017), lo cual perjudicó a los jubilados, ya que con la fórmula anterior en marzo de 2019 hubiesen percibido las del segundo semestre de 2018 completo.
De marzo de 2018 a agosto de este año, los jubilados que perciben el haber mínimo, es decir el sector mayoritario y a la par el más vulnerable, habrán perdido 8.925 pesos. Casi un mes de jubilación. Eso es por la aplicación de la nueva fórmula de actualización trimestral, que hace que los haberes tengan una alta diferencia por tres meses y se equilibren durante otros tres, aunque siempre desde atrás.
Por ejemplo, en marzo de 2018 la diferencia con el cálculo de movilidad anterior fue de 550 ese mes. En junio de 2018, los jubilados percibieron un haber inferior, pero “sólo” en $113. Aunque en septiembre del año pasado cobraron $697 de lo que hubieran cobrado con la fórmula que se aplicaba en el gobierno anterior. En tres meses, en diciembre, la distancia se redujo a sólo $28. Pero en marzo de este año, hace dos meses, fue de $1.353. Es decir, en un contexto de alta inflación, los jubilados que menos cobran recibieron más de mil pesos menos que con la fórmula anterior.
La trampa del 82% móvil
Cuando se modificó la ley, el oficialismo consideró cumplida la promesa del 82% móvil al atar el haber mínimo de jubilados y pensionados al Salario Mínimo Vital y Móvil. Que, como se estableció con la reforma previsional de Cambiemos, iba a ser la referencia para completar el valor de la jubilación mínima.
El Consejo del Salario se reúne convocado por el Poder Ejecutivo. Este dato no es menor, dado que es dicho Consejo el que define los aumentos del Salario Mínimo. Y la última reunión fue en 2017 y de manera inédita se decidió un aumento por decreto del 24% en 3 partes (lejos del 75% que pedían las dos CTA y CGT).
En esta propuesta resulta asimismo central la política oficial respecto del Consejo del Salario. Tanto la fecha de convocatoria como el aumento determinado (más aún si se naturaliza una dinámica donde el Poder Ejecutivo decide arbitrariamente cuánto se aumenta) y sobre todo en qué momentos se aplican los aumentos segmentados del Salario Mínimo resultan centrales para la ecuación de la jubilación. Si por ejemplo se retrasa la convocatoria, entonces las jubilaciones superarán el 82%, por lo que carecerá de sentido la “garantía” del porcentaje y será el Salario Mínimo el que “corra” detrás de la jubilación para no quedar rezagado. En ese caso, el resultado no habrá sido producto de la recomposición de la jubilación sino sencillamente por la no actualización del Salario Mínimo.
Y eso es precisamente lo que está ocurriendo. A comienzos de 2018 la diferencia entre el 82% del Salario Mínimo y la jubilación mínima era de $544. Es decir: la jubilación mínima alcanzaba en enero 2018 $7.246 y el 82% del salario mínimo resultaba $7.790. Por ende, en ese momento el complemento, si bien bajo, resultaba al fin y al cabo un adicional.
Ahora bien, a medida que transcurren los meses esa diferencia se reduce sensiblemente. Por ejemplo, en agosto de ese año alcanza los $104. Pero en 2019 es peor aún. Con la aplicación de las movilidades del primer semestre de 2019, y la evolución del Salario Mínimo prevista hasta agosto el resultado es negativo. Este mes la jubilación mínima supera en $157 al Salario Mínimo –con lo cual el 82% no suma nada, y en agosto pasará a ser de $1.275, es decir, no sólo no recibirán ningún adicional sino que además, al quedar tan alejado del valor de la jubilación mínima, las futuras variaciones del Salario Mínimo hacen casi imposible volver a un escenario donde el 82% implique un adicional.
Informe: CEPA / Centro de Economía Política Argentina.