A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la reglamentación para el nuevo régimen de facilidades de pago, que regirá desde el 15 de este mes. Abarca deudas impositivas y de la Seguridad Social vencidas al 31 de enero de 2019.
El nuevo plan permite regularizar períodos impagos por obligaciones impositivas y previsionales, e incluye retenciones y percepciones impositivas. Las micro, pequeñas y medianas empresas (inscriptas en el Registro de empresas MiPyMES), monotributistas y autónomos tendrán una tasa máxima del 2,5% mensual y un pago a cuenta de solo el 1% de la deuda.
“La tasa máxima del 2,5% mensual también rige para el resto de los contribuyentes que realicen un pago inicial a cuenta del 20% de su deuda; en tanto, aquellos que opten por un pago a cuenta del 5 o del 10% no gozarán de este beneficio”, detalló la AFIP a través de un comunicado.
Con todo, el plan tendrá un máximo de 60 cuotas, mientras que el monto mínimo del pago a cuenta y de la cuota mensual será de $1.000. Esta cantidad de cuotas regirá para las MiPyMEs y también para el resto de los contribuyentes que realicen el pago a cuenta del 20%; en cambio, podrá ser de hasta 36 cuotas para aquellos que aporten un pago a cuenta del 5% y de hasta 48 para quienes opten por el 10%.
Para las cuotas de los contribuyentes que no son MiPyMEs —y para aquellos más grandes que no hayan hecho el pago a cuenta del 20%— se tomará como base la tasa de interés TM20, que es un promedio del interés que pagan los bancos por los depósitos a plazo fijo superiores a los $20 millones.
El cálculo de la tasa se determinará cada tres meses, en base a su valor vigente el día 20 del mes anterior a cada trimestre. Como ejemplo, la tasa del trimestre octubre-diciembre de este año se fijará con el valor del 20 de septiembre.
Los contribuyentes podrán ingresar al plan entre el 15 de este mes y el 31 de agosto de este año, excepto aquellos que opten por el pago a cuenta del 20%; en este caso, el plan solo estará disponible hasta el 25 de junio próximo.
¿Qué tipo de deudas se pueden incluir en el régimen? Impositivas y previsionales (incluidas retenciones y percepciones impositivas) correspondientes a contribuyentes que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMEs del Ministerio de Producción y Trabajo). También, para estas deudas de aquellos contribuyentes que no registren la condición de MiPyMEs. Y, además, obligaciones correspondientes al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributo) y al Régimen de Trabajadores Autónomos.
“La cancelación mediante los planes de facilidades de este régimen no implica reducción alguna de los intereses, así como tampoco la liberación de las sanciones pertinentes”, advirtieron desde el organismo.
Este régimen admitirá también, a partir del 1º de junio, la refinanciación de las deudas incluidas del plan Puente II, vencido el 31 de enero pasado, con un pago inicial a cuenta y considerando el saldo adeudado.
En cambio, no están incluidos en este plan de facilidades de pago los anticipos, pagos a cuenta, intereses provenientes de capital cancelado, impuesto adicional emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos, impuesto sobre los Combustibles líquidos y Gas Natural, obligaciones vinculadas con regímenes promocionales e impuesto específico sobre la realización de apuestas.
Cabe destacar que la tasa de interés de referencia para el pago de los planes, que sólo tiene un topo de 2,5% mensual para las Pymes, era el viernes último de 50,38% anual, equivalente a una tasa de 3,38% efectiva mensual.
Quienes entren al Plan de Facilidades este mes pagarán se le reducirá esa tasa a un tercio, es decir 0,845% mensual, menos de la cuarta parte de cualquier crédito; sí lo hace en junio el descuento es a dos tercios, hoy sería 1,13%, y en julio a la mitad, a 1,69% mensual.
Se estima que sólo podrían estar tentados a esperar para ingresar quienes no tengan disponible el monto para completar el anticipo; o quién especule con que baje mucho la tasa badlar, que es la del promedio que calcula el BCRA para depósitos mayores a 1 millón de pesos.
El director general de la AFIP, Leandro Cuccioli, destaca que el organismo es el principal agente financiero de la Argentina, habida cuenta de que tiene a cobrar más de $300.000 millones, equivalente a casi un mes de recaudación. De ahí, la decisión de establecer planes de facilidades de pago, para regularizar esas deudas, más aún considerando que, en general, se registra un alto grado de cumplimiento de todos los planes vigentes.