Deberán tener un carné y chaleco; no podrán trabajar en zona de estacionamiento medido ni exigir un canon. Solo resta conocer cómo y cuándo se implementa.
Finalmente fue promulgada la ordenanza 12.635, la norma que crea el “Programa inclusivo de cuidadores de vehículos”. Se trata del proyecto que pretende registrar, identificar y ordenar a los “trapitos” de la ciudad de Santa Fe.
El intendente José Corral dejó pasar el tiempo permitido para vetarla (diez días) y de esa forma quedó promulgada automáticamente. Ahora, solo resta conocer detalles de la reglamentación a cargo del Ejecutivo, como los tiempos y la forma en que la misma se va a implementar.
Las dudas en relación a un posible veto del Ejecutivo surgieron a raíz de que la ordenanza, autoría de los concejales Aeberhard y Basile, fue aprobada por mayoría pero con la abstención del bloque oficialista, cuyos miembros pusieron reparos en cuanto a la cuestión legal de la norma.
Aún no se conocen detalles sobre su implementación, tarea exclusiva del Ejecutivo municipal. Igualmente, no podría haber modificaciones de la normativa en en la etapa de reglamentación. En ese sentido, el municipio podrá realizar interpretaciones de algún artículo en particular pero no realizar modificaciones sobre lo establecido. En ese sentido, la reglamentación tiene que hacerse en base a los artículos aprobados en la ordenanza.
Registrados, con chaleco y credencial
El “Programa inclusivo de cuidadores de vehículos” estipula que cada una de las personas que se desempeñan en esta actividad cuenten con un carnet habilitante y un chaleco identificatorio emitido por el gobierno municipal. Para ello, se deberá crear un “Registro de cuidadores de vehículo” que estará publicado en la página Web del municipio.
Además, propone que el gobierno local deberá fijar el número de credenciales a otorgar. En esa línea, tendrá la misión de delimitar la zona en la que puedan desempeñarse y se le asignará a cada trapito al menos un sector de una calle para ofrecer el servicio.
Los permisos serán concedidos en aquellos espacios en los cuales el estacionamiento de vehículos se encuentra permitido. Cabe aclarar que no estará permitido en zonas de estacionamiento medido.
La ordenanza permite que se desarrolle la actividad “en lugares donde se realizan eventos deportivos, culturales o de entretenimiento de carácter masivo”. Para esos casos especiales, el área de Control municipal deberá definir la cantidad de cuidadores de vehículos. El proyecto establece que la distribución y cupos asignados podrán variar de un evento a otro.
La iniciativa deja en claro que “la contribución económica (de los automovilistas) será voluntaria y no se podrá exigir “el pago de canon alguno”.
Quienes deseen formar parte del registro deberán completar una planilla de inscripción con datos personales, la cual estará a disposición de cualquier interesado. Entre las obligaciones, se destaca la presentación de un “certificado de buena conducta” y la participación en “programas de capacitación y promoción del empleo municipal, provincial o nacional”.
La credencial otorgada contendrá: foto, nombre y apellido; DNI, número de registro y la asignación de la zona en la que se desarrollará su actividad. La misma, deberá ser presentada en caso de que el personal del área de Control del municipio lo solicite. En tanto, serán causales de suspensión no tener el chaleco refractario, por ejemplo, o exigir una suma fija de dinero.
El carné se deberá renovar todos los años y para hacerlo deberán acreditar su participación en algunos de los programas de capacitación de empleo.
Tendrán prioridad para acceder al permiso de “cuidador” las personas mayores de 40 años y aquellas que tengan algún tipo de discapacidad.