Esa es la condena a la que se arribó en un juicio abreviado, donde se juzgó a Carlos Alberto Díaz. Este hombre de oficio mecánico estaba acusado de delitos contra la integridad sexual, cuyas víctimas fueron su propia hija y una hijastra.
La audiencia en la que fue condenado tuvo lugar en la jornada de este lunes en los tribunales de la ciudad de Vera.
Los Hechos
El primero de ellos sucedió el 16 de enero de 2017, alrededor de la medianoche, cuando Díaz con el objetivo de satisfacer sus deseos sexuales, mediante el uso de la fuerza llevó a su hija de tan solo 8 años hasta el interior de un automóvil Volkswagen Bora, que se encontraba en la zona del patio de la casa familiar, donde funciona el taller mecánico que regenteaba.
Una vez dentro del automóvil, le quitó la ropa y comenzó a manosearla y luego la accedió carnalmente, produciendo daños en la zona vaginal de la pequeña inocente, a sabiendas de que la niña era su hija biológica.
Díaz fue aprehendido en dicho trance (al tiempo que consumaba la violación en el interior del vehículo mencionado), por personal policial de la Sección Comando Radioeléctrico de la Unidad Regional XIX, que asistió al domicilio por un llamado telefónico.
Por este hecho, el representante del MPA lo había acusado por abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por la calidad de ascendiente y por haber sido cometido contra una menor de 18 años, mediando situación de convivencia preexistente. Y por abuso sexual simple agravado por la calidad de ascendiente y por ser cometido contra una menor mediando convivencia, reiterado en un número indeterminado de veces. También por el delito de promoción a la corrupción de menores calificada por la edad de la menor víctima.
Segundo hecho
El segundo de los hechos endilgados a Díaz, tuvo lugar el 14 de enero de 2017, a las 18:30 horas aproximadamente, cuando abordó a B. A. G. de 18 años, en su vivienda de calle 9 de Julio y Pje. Luis Bonacci de Vera, más precisamente en la pieza conyugal que compartía con su esposa, con quien tiene 4 hijos.
De acuerdo a la investigación, pese a la oposición de la joven (su hijastra) el sujeto comenzó a darle besos lujuriosos, especialmente en la zona del cuello (lo que le produjo una hematoma), para luego violarla por vía vaginal.
En relación a este hecho, el fiscal lo había acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal, abuso sexual agravado – reiterados – por la calidad de guardador y por haber sido cometidos contra una menor de 18 años mediando situación de convivencia preexistente, en concurso ideal con el delito de corrupción de menores agravado.
Tercer hecho
Por otra parte, a Díaz lo imputaron por haber abusado sexualmente, en forma reiterada, a la joven B. A. G. desde que tenía 13 años y hasta los 18 años. Los abusos sexuales habrían consistido en manoseos en todo el cuerpo de la joven y acceso carnal por vía vaginal.