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Muere una persona por sobredosis cada 36 horas en Argentina

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Los casos se duplicaron en los últimos dos años. El defensor del Pueblo Adjunto de la provincia de Buenos Aires, Walter Martello, reiteró el pedido para que se declare la emergencia en materia de adicciones

Los casos de muerte por sobredosis se duplicaron en los últimos dos años al punto que una persona muere cada 36 horas por consumo de estupefacientes en Argentina, por lo que se advirtió sobre la necesidad de mayor inversión en programas preventivos, informó en un comunicado el Observatorio de Adicciones y Consumos Problemáticos de la Defensoría del Pueblo bonaerense.

Ante ese panorama, Walter Martello, defensor del Pueblo Adjunto de la provincia de Buenos Aires, reiteró el pedido para que se declare la emergencia en materia de adicciones y alertó sobre las consecuencias de la creciente judicialización de consumidores.

En ese sentido, explicó que el último informe de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación (ex Sedronar), publicado en 2019 con datos de 2017, muestra que 2 de cada 10 muertes de personas de entre 15 y 64 años se vincula con el consumo de drogas legales e ilegales, lo que representa una tasa de 54,9 por cada 100.000 habitantes.

Del total de estas muertes la mayoría corresponde a varones, el 69,4% y una tasa bruta de 77 cada 100.000 habitantes, frente al 30,6% de defunciones de mujeres, una tasa bruta de 33,3 casos cada 100.000 habitantes.

Los detalles
“Uno de los datos más alarmantes es el incremento exponencial de los decesos por sobredosis: el último indicador oficial evidencia que se registraron 100 casos en un año, prácticamente el doble que en 2015”, manifestó Martello, que tiene a su cargo el Observatorio de Adicciones y Consumos Problemáticos de la Defensoría del Pueblo bonaerense y acaba de publicar el libro “Salió Mal”.

Las muertes por sobredosis son clasificadas por la ex Sedronar según la intención: accidentales, autoinfligidas intencionalmente (es decir, suicidios), o de intención no determinada. Se consideran y contabilizan las muertes por sobredosis por exposición al alcohol, a las sustancias de uso indebido (lo que incluye drogas antiepilépticas, sedantes, hipnóticas, antiparkinsonianos y psicotrópicas, otras drogas que actúan sobre el sistema nervioso autónomo, sustancias biológicas, y disolventes orgánicos e hidrocarburos halogenados y sus vapores) y a los estupefacientes (narcóticos y psicodislépticos). Estas muertes son totalmente atribuibles al consumo de drogas, se indicó en el informe.

Respecto a la distribución de los casos según causa de muerte, una primera observación indica que el 91,8% de los casos corresponde a enfermedades crónicas asociadas a un consumo habitual de drogas, y el 8,2% refiere a lesiones (o causas externas). Se detalló que entre las enfermedades crónicas, las cardiovasculares son aquellas con mayor cantidad y proporción de casos (42,9%), seguidas por las neoplasias o cánceres (38,5%), y las enfermedades infecciosas (10,3%). Las enfermedades neuropsiquiátricas y otras enfermedades presentan proporciones menores (1,8% y 6,5% respectivamente).

Martello sostuvo que “el Estado está dilapidando cada vez más recursos en someter a consumidores y adictos a burocráticos procesos penales, que por lo general terminan archivados, mientras se registran muy pocos avances en el combate del financiamiento y del lavado de dinero de las grandes estructuras narcocriminales”.

Los recursos
Asimismo indicó que “para tener en cuenta la magnitud del despilfarro de recursos materiales y humanos, el gasto por haber judicializado a consumidores de drogas en la Justicia Federal y bonaerense supera, en casi $82 millones, los recursos asignados anualmente por el Estado nacional a la implementación de programas y políticas para la prevención de adicciones”.

Y agregó que se debe “tener presente que hace cinco años, en Argentina, se sancionó la Ley 26.934 mediante el cual se creó el Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos. Se trata de una norma que podría constituir una herramienta indispensable al ofrecer cimientos sólidos para sustentar una política pública federal”. Sin embargo señaló que “gran parte de Ley 26.934 se encuentra sin reglamentar”.

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