La Comuna de Villa Minetti sancionó la Ordenanza 795/19, que “prohíbe en el ejido urbano del pueblo, la tenencia o cría de equinos, bovinos, caprinos, ovinos, porcinos y más de 20 aves de corral por titular de inmueble, con o sin fines comerciales, con o sin documentación, con el objetivo de generar mejor convivencia entre vecinos, reducir riesgos sanitarios y contribuir a la seguridad vial”.
La norma establece que el organismo competente para la aplicación de la misma será la Subsecretaría de Control y Fiscalización, pudiendo solicitar la colaboración de la fuerza pública.
Cuando se determine una infracción, “se emplazará al propietario y/o responsable a que presente la documentación que acredite la propiedad para que, en el término no mayor a 48 horas, retire el o los animales y determine el lugar de guarda de los mismos. En caso de notoria urgencia sanitaria y/o incumplimiento de los plazos fijados, se dispondrá el traslado de los animales y su depósito a los corrales del ex matadero comunal, quedando los mismos a disposición de los interesados por el término de 5 días hábiles, plazo perentorio para acreditar la propiedad”.
Vencido ese plazo se procederá a:
- Subasta pública para el caso de los equinos.
- Faena sanitaria para el caso de los animales de producción (bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, etcétera).
En caso de que los animales se encuentren en la vía pública sueltos y/o sin control por parte de sus propietarios y/o responsable, la Comuna notificará a la fuerza pública a fin de que la misma procesa al secuestro.
Las infracciones a la ordenanza serán sancionadas con multa cuyo monto será de hasta cien unidades comunales de multas por animal. Y hasta 200 en caso de ser reincidente.
El presidente comunal de Villa Minetti, Gabriel Gentili, brindó más detalles: