Leandro Rodríguez Lastra impidió un aborto no punible en 2017.
El Tribunal de Impugnación de Río Negro confirmó este jueves en votación dividida la condena al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra por no haber practicado un aborto no punible a una joven que había sido violada y destacó que en el caso “debe aplicarse la perspectiva de género”, informaron fuentes judiciales.
El médico fue condenado por “incumplimiento de los deberes de funcionario público” a la pena de “un año y dos meses de prisión en suspenso más dos años y cuatro meses de inhabilitación para desempeñar cargos públicos”.
En los próximos días la defensa del acusado apelará la sentencia ante el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
Al profesional de la salud se lo condenó por no realizar un aborto no punible a una joven de 19 años violada y embarazada por un familiar en 2017 en la localidad rionegrina de Cipolletti.