20.5 C
Santa Fe
lunes, noviembre 11, 2024

Prohíben el corte de servicios por falta de pago a determinados usuarios

Además

El insólito debut de Spreen en Riestra, jugó un minuto y no tocó la pelota

El fútbol argentino no sale del asombro luego de que el streamer Spreen jugara de titular en Deportivo Riestra en...

Messi llegó a la Argentina para sumarse a la Selección

Lionel Messi ya pisó suelo argentino. El astro rosarino llegó al aeropuerto internacional de Ezeiza pasadas las 9:30 de...

Quería el auto de Colapinto pero no había y su papá lo hizo realidad

Conocido es el furor por el piloto argentino de Fórmula 1, Franco Colapinto. Si los grandes deliran con la...

Las empresas prestadoras de electricidad, gas por redes, agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, no podrán disponer el corte de sus servicios a los usuarios que se encuentran en una situación de vulnerabilidad, en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas.

Así se dispuso mediante un decreto de necesidad y urgencia de inminente publicación en el Boletín Oficial en el marco de la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio vigente desde el viernes, y las obligaciones para las empresas se mantendrán por el plazo de 180 días corridos desde la vigencia de la medida.

Las empresas “prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres facturas consecutivas o alternas”, según el artículo 1 del decreto al que accedió Télam.

Esta medida alcanza a las facturaciones con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020, y además “quedan comprendidos los usuarios con aviso de corte en curso”.

“Si se tratare de servicios de telefonía fija o móvil, internet, y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedarán obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se establezca en la reglamentación” y sólo quedarán exceptuados “aquellos cortes o suspensiones dispuestos por las prestadoras por razones de seguridad”.

El artículo 2 del decreto con la firma del presidente Fernández, aborda la situación de los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de energía eléctrica, a quienes -en caso de que no abonaren la correspondiente recarga para acceder al consumo-, “las empresas prestadoras deberán brindar el servicio de manera normal y habitual durante el plazo de 180 días”.

“Si los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o internet, no abonaren la correspondiente recarga para acceder al consumo, las empresas prestadoras deberán brindar un servicio reducido que garantice la conectividad, según lo establezca la reglamentación”, agrega la norma.

Los alcances del decreto serán de aplicación respecto de los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; y usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.

También contempla a jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles; y a trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

Finalmente, estarán contemplados los usuarios que perciben seguro de desempleo; electrodependientes, beneficiarios de la Ley N°27.351, usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (26.844); y exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

En cuanto a los usuarios no residenciales, las medidas serán de aplicación respecto de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES), las Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Economía Social (INAES).

También las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia, y las Entidades de Bien Público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

En todos los casos, las empresas prestadoras de los servicios detallados por el decreto deberán otorgar a los usuarios, “planes de facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas, conforme las pautas que establezcan los entes reguladores, o las autoridades de aplicación de los marcos jurídicos relativos a los servicios”.

El decreto también aborda los precios máximos de referencia para la comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) en las garrafas, cilindros o granel con destino a consumo del mercado interno, los que “continuarán con los valores vigentes a la fecha de publicación de la medida, durante 180 días”.

Seguí todas las noticias de RadioEME.com
en Google News

Últimas noticias

El insólito debut de Spreen en Riestra, jugó un minuto y no tocó la pelota

El fútbol argentino no sale del asombro luego de que el streamer Spreen jugara de titular en Deportivo Riestra en...

Messi llegó a la Argentina para sumarse a la Selección

Lionel Messi ya pisó suelo argentino. El astro rosarino llegó al aeropuerto internacional de Ezeiza pasadas las 9:30 de la mañana de este lunes...

Quería el auto de Colapinto pero no había y su papá lo hizo realidad

Conocido es el furor por el piloto argentino de Fórmula 1, Franco Colapinto. Si los grandes deliran con la participación de Franco en la...

Spreen, el “refuerzo” de Riestra que podría debutar ante Vélez

Con 24 años y 16 millones de seguidores en redes sociales, Iván Buhajeruk, mejor conocido como Spreen, podría dar un paso histórico este lunes (16.00) al...

Así será el nuevo mecanismo de ingreso a la EPE

En el marco del proceso de control y modernización en la EPE que, entre otras medidas, propone que el sistema de ingreso de personal...

Artículos relacionados