Lo contempla el programa de Asistencia al trabajo y a la Producción.
El Estado Nacional, mediante al ANSES, pagará parte de los salarios de abril de los trabajadores de las empresas privadas, mediante el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y además habrá dos más de los tres beneficios para más de 400 mil empleadores que se anotaron en el ATP, el pasado jueves 16 de abril, con el objetivo de proteger la estructura productiva y salarial en el marco de la emergencia por el Covid-19.
Los 3 beneficios son los siguientes:
- Empresas hasta 25 dependientes: el 100% del Salario Neto (Bolsillo) con un máximo de 1 SMVM ($16.875) vigente
- Empresa de 26 a 60 dependientes: el 100% del salario neto, con un máximo de hasta 75% del SMVM ($12.656)
- Empresas de 61 a 100 dependientes: el 100% del salario neto, con un máximo de hasta 50% del SMVM ($8.437)
Esta Asignación No Remunerativa se considera a cuenta de pago de los sueldos del personal afectado, debiendo las empresas abonar los saldos restantes hasta completar las mismas. El saldo que abonan las empresas en concepto de diferencia se considera remuneración a los efectos legales y convencionales.
2- Se posterga el pago de las contribuciones patronales, mediante el formulario 931 SUSS, del mes de marzo, que vence en abril, se abonará en el mes de junio.
Esta postergación no está del 100% de las cargas sociales, están exceptuados los depósitos a las AAFF; PAMI y Fondo Nacional de Empleo.