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viernes, diciembre 20, 2024

Imputaron a un teniente coronel por llamar a sus camaradas a levantarse en armas

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El teniente coronel mira a la cámara de su teléfono celular y le habla al presidente de todos los argentinos. Lo acusa de estatista, totalitario, comunista y maoísta. Después lo insulta de manera directa, brinda sus datos de identidad y llama a gritos a sus “camaradas” a levantarse en armas. En el mensaje, que envió por whatsapp y tuvo amplia difusión, aclara que no reivindica la dictadura pero acusa de “subversivos” a los funcionarios votados por el pueblo. Al final califica de “inútil” a Alberto Fernández y le exige “que se ponga al mando” de la pandemia y la comande “a nivel nacional, internacional y mundial”.

El militar retirado ya había sido denunciado por el Ejército Argentino y este lunes la Justicia federal de Rosario le imputó media docena de delitos, aunque se fue en libertad luego de abstenerse de declarar.

El video es tan grotesco que podría ser una parodia al estilo Peter Capusotto sobre personajes siniestros de la sociedad, aunque los crímenes cometidos por las Fuerzas Armadas durante la última dictadura cívico militar (desapariciones, torturas, violaciones, asesinatos y robo de bebés) no tienen nada de humor. Y el video que difundió el teniente coronel Alberto Aquilino Ortega tampoco intenta ser gracioso.

Fuentes judiciales informaron que la denuncia contra Ortega, quien está retirado y se domicilia en Rosario, la radicó el Director General de Asuntos Jurídicos del Ejército Argentino tras conocer el contenido y la difusión del video que comenzó a circular el 1° de abril pasado.

La denuncia fue tomada por el fiscal general de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, Claudio Palacin, y el fiscal federal Nº 2, Claudio Kishimoto, quienes presentaron la acusación contra Ortega por diversos delitos de acción pública.

Ayer, el militar fue citado por el Juzgado Federal Nº 3. Acudió acompañado de un abogado particular y escuchó la imputación en su contra. A la hora de ser indagado y contestar preguntas el silencio imperó en los tribunales rosarinos. Es que a contramano de la verborragia que mostró en el mensaje difundido, se abstuvo de declarar.

Los fiscales federales le imputaron instigación a cometer delitos, atentado contra la salud pública, desobediencia, atentado al orden constitucional y a la vida democrática y sedición.

Además consideraron que incurrió en otros dos delitos graves: intimidación pública e incitación a la violencia. Voceros del caso dijeron que no descartan ampliar la acusación en los próximos días.

Los fiscales destacaron que en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, el teniente coronel Ortega llamó a sus camaradas a salir y los arengó a incitar, junto con él, a la población a liberarse de un supuesto régimen “totalitario y subversivo” que tendría “esclavizado” al pueblo argentino.

Puntualizaron que hay estado de sospecha de delitos, independientemente de la responsabilidad disciplinaria en la que habría incurrido Ortega, y que el derecho a la libertad de opinión o expresión no es absoluto; que los agravios personales –si bien autónomamente podrían constituir delito de acción privada– no pueden desligarse del contexto en el que fueron efectuados y difundidos a través de su envío, lo cual otorga seriedad e idoneidad a la incitación.

Además agregaron que no se puede soslayar que los delitos que se estiman cometidos deben ser valorados en el marco de la situación de emergencia sanitaria que vive el país y el mundo, en un escenario en el cual las autoridades competentes están adoptando todas las medidas necesarias para impedir la propagación del virus.

Tanto Palacin como Kishimoto entendieron que al ser un miembro de las Fuerzas Armadas Ortega pretendió formalizar un movimiento organizado de personas que disponen de armas, para alcanzar algunos de los graves objetivos que el tipo penal agrupa como elementos subjetivos de la figura.

En ese sentido expresaron que en el contexto de emergencia sanitaria que vive nuestro país, cuya población debe acatar las medidas restrictivas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional –en cumplimiento de Constitución Nacional–, en consonancia con todas las provincias y los municipios de la Argentina, en pos del bien común, constituido fundamentalmente en esta hora por la preservación de la salud y de la vida de todos los habitantes, la conducta de Ortega también encuadraría en los delitos de los artículos 211 y 212 del Código Penal.

En esa línea estimaron que sus manifestaciones podrían subsumirse en la norma del artículo 211, por constituir una patente intimidación pública, encaminada a suscitar tumultos o desórdenes, al dar voces de alarma, al emplear medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos, como son sus graves expresiones grabadas y difundidas ampliamente por el país, en un momento en que cunde la preocupación, el miedo y el estado de necesidad de la población angustiada por la incertidumbre de lo que podría acontecer, a la luz del drama que se vive por estos momentos en muchos países del mundo.

Paralelamente, la conducta ilícita de Ortega encuadraría en la norma del artículo 212 del Código Penal porque con sus expresiones, clara y públicamente, ha incitado a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, lo que se castiga por la sola incitación.

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