Se trata de Juan Carlos Gómez, de 32 años, es el autor del femicidio de María Virginia Caro cometido en Calchaquí, mientras la mujer amamantaba al hijo de ambos.
Así lo dispuso el tribunal integrado por los jueces Gonzalo Basualdo, Martín Gauna Chapero y Santiago Banegas, en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos.
El fiscal que investigó lo ocurrido es Leandro Benegas quien informó que “Gómez fue condenado como autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado (por el vínculo y por mediar violencia de género) agravado (por el uso de arma de fuego), en concurso real con los delitos de desobediencia judicial y coacción”. Asimismo detalló que “también se lo condenó por otro hecho en el que fue responsable de tenencia y portación de armas de fuego de uso civil sin la debida autorización legal”.
Mientras amamantaba
“El femicidio de Caro fue cometido el viernes 5 de julio del año pasado en la vivienda de la víctima ubicada en calle Arturo Rabossi al 1.000 de la ciudad de Calchaquí”, precisó el fiscal Benegas. “A pesar de estar vigente una medida de distancia dictada por la Justicia Civil, el hombre se acercó a la mujer, la amenazó y se retiró. Sin embargo, minutos después volvió e ingresó sin autorización al inmueble, fue al dormitorio en el que estaba la víctima y le disparó con una escopeta. El disparo lo hizo a corta distancia y mientras Caro estaba amamantando al hijo de ambos”, agregó.
El funcionario del MPA informó que “la mujer quedó gravemente herida y fue trasladada al hospital de Calchaquí, no obstante, falleció en el nosocomio”.
“Luego de cometer el femicidio, Gómez salió de la casa y fue visto por personal policial que había ido al lugar a raíz de lo ocurrido”, relató el fiscal. “En esas circunstancias, el condenado reconoció haberle disparo a la mujer y entregó voluntariamente el arma a los agentes de la fuerza pública”
Vulnerable
“El accionar de Gómez evidencia que tiene fuertemente interiorizados los valores tradicionales de una presunta superioridad masculina”, argumentó Benegas. Asimismo, sostuvo que “el lugar en el que cometió el femicidio (el dormitorio de la mujer), con un disparo a corta distancia y mientras su expareja amamantaba al hijo menor de edad de ambos, dan cuenta de que la víctima estaba en una situación especialmente vulnerable”.
Benegas también remarcó que “estas circunstancias fueron aprovechadas por Gómez para disminuir las posibilidades de defensa de la mujer y para asegurarse su objetivo de quitarle la vida”. También puntualizó que “el irreparable daño que causó fue absolutamente innecesario y falto de cualquier justificación”.
Arma sin autorización
Gómez también fue condenado por la autoría de los delitos de tenencia y portación de armas de fuego de uso civil sin la debida autorización legal cometido el 14 de mayo de 2017.
“El condenado iba de acompañante en una camioneta que fue interceptada por personal de Gendarmería Nacional a la altura del kilómetro 679 de la ruta nacional número 11, en el acceso sur a Calchaquí”, recordó el fiscal. En tal sentido, puntualizó que “el personal de la fuerza pública encontró dentro del vehículo una escopeta calibre 16 con 49 cartuchos, y Gómez dijo que le pertenecía y que no tenía la documentación correspondiente”.