El gobernador de Chaco, Jorge Capitanich, firmó este domingo el decreto 756/2020, que establece la extensión del aislamiento social preventivo obligatorio en las localidades críticas hasta el viernes 24 de julio, con medidas que podrán ser modificadas de acuerdo a la vigilancia epidemiológica y los indicadores sanitarios. La regulación en los municipios no críticos dependerá de cada autoridad local. Las medidas entran en vigencia desde este lunes 29 de junio.
El nuevo documento ratifica y prorroga las medidas dispuestas por el Nº 732/2020 y, además, dispone que las restricciones y habilitaciones podrán ser modificadas de acuerdo a los indicadores sanitarios y de seguridad pública.
Los indicadores son los siguientes: tasa de duplicación de días, tasa de contagios, R0, etapas de propagación según método BID, indicadores sintéticos de seguimiento y monitoreo de contactos estrechos y casos positivos confirmados, y la regulación que dicte la Cámara de Diputados respecto al receso administrativo, legislativo y judicial.
La circulación de personas estará permitida únicamente para quienes cuenten con el permiso provincial por actividad exceptuada o para quienes hayan tramitado turnos para realizar alguna actividad o trámite puntual. Los turnos pueden gestionarse a través de la web turnos.chaco.gob.ar.
Además, continúa vigente el operativo Volver a casa. La solicitud de turnos puede realizarse mediante Whatsapp, enviando el mensaje @chaco volveracasa, al número +5491162730000.
Qué medidas se mantienen
Las localidades con máxima restricción de circulación continúan siendo Resistencia, Fontana, Barranqueras, Puerto Vilelas y Saenz Peña. Se mantiene la suspensión de eventos culturales, sociales, deportivos, religiosos y aquéllos que impliquen aglomeración de personas.
Continuarán las restricciones de ingreso y egreso a la provincia con control en los nueve puntos limítrofes provinciales. Se prolonga el asueto administrativo con guardias mínimas, excluyéndose las áreas consideradas críticas o esenciales.
Se mantiene la suspensión del transporte público de pasajeros, interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo en el caso de personal de salud, que seguirán contando con transporte especial, exclusivo y gratuito para quienes se desempeñen en el Hospital Perrando.
En cuanto a la circulación de personas, automotores y motovehículos estarán permitidos sólo para quienes cuenten con permiso provincial de circulación para la realización de las actividades habilitadas y exceptuadas.
Además, se mantendrán sólo cuatro puntos habilitados para el acceso a la ciudad de Resistencia: A. Sarmiento, Ruta Nicolás Avellaneda y Sabín, Ruta 11 y Av. 25 de Mayo y Ruta 11 y Av. Alvear.
En cuanto a la actividad financiera, los bancos de toda la provincia atenderán con turnos preasignados en la página web de cada entidad.
Las actividades comerciales habilitadas de industria y servicios son las siguientes:
– Estaciones de servicio de combustible, supermercados, autoservicios, panaderías, almacenes y farmacias.
– Los taxis y remises, que prestan servicios en el Gran Resistencia, continúan habilitados para circular únicamente con servicio puerta a puerta, de 6 a 18, con no más de dos pasajeros a bordo. Éstos también deberán contar con permisos de circulación o turnos correspondientes.
– Hoteles, hosterías, residenciales y hoteles alojamiento sólo se habilitan para alojamiento de personal médico, aislamiento o servicios esenciales en el contexto de pandemia.
– Fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebibles, de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos.
– Atención médica, odontológica, laboratorios bioquímicos, ópticas y profesionales de la salud, inclusive kinesiólogos y fisioterapeutas.
– Fabricación y provisión de insumos para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías.
– Servicios de comunicación, audiovisual y de telefonía (con reducción de capacidad instalada).
– Veterinarias y pet shops.
– Obras públicas y privadas autorizadas por municipio local.
– Empresas de seguridad y vigilancia, servicios fúnebres y salas velatorias.
– Servicios técnicos, mantenimiento y administrativo de apoyo de empresas estatales prestadoras de servicios públicos.
– Corralones, venta de materiales de construcción, ferreterías y afines vinculados a la venta de materiales de construcción.
– Actividad agropecuaria y forestal.
– Agencias de lotería.
– Bares, restaurantes: sólo podrán funcionar bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia en el mismo hasta las 1.
Por otra parte, las actividades comerciales y de servicio no esenciales funcionarán bajo la modalidad de delivery, en horario de 8 a 20.