La Administración Nacional de la Seguridad Social informó que quiénes podrán acceder a los créditos son los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, Asignación Familiar y jubilados.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) brinda créditos a los jubilados, beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo o Asignación Familiar. Por la cuarentena, la modalidad había variado. En tanto, a partir de julio, los jubilados podrían solicitar y beneficiaros de la AUH podrían acceder a más de un crédito, siempre y cuando el monto no supere el 20% de su haber mensual.
Además, quienes pidieron préstamos antes de marzo volverán a pagar las cuotas mensuales. Los jubilados podrán ir a las oficinas de Anses para poder ser atendidos presencialmente. Uno de los objetivos es evitar que los adultos mayores sean engañados o estafados.
También se pueden pedir 2 préstamos a la vez, pero las cuotas no deben superar el 20% de la prestación que se cobra por mes.
Requisitos:
Asignación Universal por Hijo
-Ser mayor de 18 años
-Tener menos de 75 años al momento de finalizar el crédito
-Haber presentado la Libreta Familiar en los dos años anteriores
-El hijo por el que se solicita el crédito debe tener menos de 18 años al momento de finalizar el mismo.
-Los hijos con discapacidad por los que se solicita el crédito deben tener vigente el Certificado Único por Discapacidad (CUD).
Los créditos son desde $1.000 hasta $12.000 en 24 o 36 cuotas por cada Asignación que cobre. A su vez, la cuota no debe exceder el 20% del valor mensual y se cobrará dentro de los 5 días hábiles.
Jubilados y pensionados
-Residir en el país
-Tener menos de 90 años al momento de finalizar el crédito
-Documentación necesaria: DNI, CBU de cuenta bancaria propia que se obtiene en el banco o por cajero automático.
El monto va desde $5.000 hasta $200.000 en 24, 36, 48 o 60 cuotas. La cuota no puede exceder el 20% del ingreso mensual y el crédito se deposita en la cuenta bancaria dentro de los 5 días hábiles.
Este trámite es presencial con turno y solo puede hacerlo el jubilado o pensionado, es decir, no puede hacerlo su apoderado. Las personas no videntes, analfabetas o imposibilitadas de firmar deben asistir junto a una persona de su confianza mayor de 18 años en carácter de testigo.
Luego, sacar el turno con la opción Créditos Jubilados y Pensionados o llamando al 130.