La Corte Suprema de Justicia dispuso este viernes suspender la feria judicial del mes de julio para todos los tribunales nacionales y federales, por la crisis sanitaria derivada de la pandemia de coronavirus.
A través de la acordada 21, el máximo tribunal resolvió suspender la feria de invierno de “forma excepcional” para todos los tribunales y sostuvo que “es necesario redoblar los esfuerzos para afrontar las particulares circunstancias de este tiempo”.
Por otro lado, a través de la acordada 20, resolvió terminar con la feria extraordinaria en algunos tribunales de los distritos de Tucumán, Salta, Mendoza, Resistencia, Rosario y General Roca, en la tercera decisión administrativa del supremo tribunal que reactiva la actividad judicial en el interior del país.
Según la acordada 20/2020, firmada electrónicamente este viernes por los cinco miembros del tribunal, se dispuso la vuelta plena a la actividad, a partir del lunes próximo, del Tribunal Oral en los Criminal Federal de Santiago del Estero, en la jurisdicción Tucumán, y la reapertura de la Cámara Federal de Apelaciones, los juzgados federales 1 y 2; el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2, más el juzgado federal de Tartagal, todos correspondientes a la jurisdicción que abarca la provincia de Salta.
En el área judicial de Resistencia, Chaco, se dispuso la apertura del Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña; mientras que en Rosario, se resolvió que vuelvan a funcionar la Cámara Federal de Apelaciones, todos los juzgados federales de la jurisdicción y los tribunales orales federales 1, 2 y 3.
En cuanto a Mendoza, se habilitó el funcionamiento de los tribunales orales federales 1 y 2 y para la jurisdicción de General Roca se abrirán el juzgado federal de Zapala y los juzgados federales 1 y 2 de Neuquén capital.
La decisión de la Corte abarcó a distritos en donde el coronavirus tiene nula o muy restringida circulación y los ministros aclararon en la acordada que le medida regirá sujeta al criterio de las autoridades judiciales de esos distritos para retornar a la feria extraordinaria si hubiera “razones epidemiológicas y sanitarias”.
Como aclaración de rigor, la Corte recordó en el escrito que se deben respetar “las medidas preventivas establecidas por las autoridades nacionales, provinciales y por esta Corte”, establecidas en acordadas previas.
El 2 de junio pasado, la Corte levantó la feria en algunos juzgados de los distritos de Corrientes, Tucumán, Mendoza, San Luis, San Juan, Córdoba, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego; y en una decisión similar, firmada el 11 de este mes, estableció aperturas en los distritos de Comodoro Rivadavia, Mendoza, Bahía Blanca, Córdoba, Tucumán y Rosario.