Así lo confirmaron desde el Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz.
El Gobierno de la provincia de Santa Fe firmó un decreto en el que autoriza la apertura de shoppings, museos y casinos. Además, aclaró que se permitirían las celebraciones religiosas con un límite de asistentes en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio por el Coronavirus en el territorio santafesino.
Sin embargo, esta novedad causó mucha incertidumbre en las comunidades eclesiales correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos. Ya que no había ningún protocolo vigente para llevar adelante reuniones y celebraciones en iglesias, templos y lugares de culto de la provincia de Santa Fe.
Por lo tanto, Radio EME se comunicó con Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz para conocer en detalle como se desarrollará esta nueva medida en el territorio santafesino. No obstante, desde la cancillería del Arzobispado confirmaron que dicho decreto quedó sin efecto. Tras un contacto entre el gobernador Omar Perotti y Arzobispo Metropolitano Sergio Fenoy, se aclaró que este anunció fue un completo error. Por lo tanto, las celebraciones religiosas quedarán afuera de las actividades que podrán realizarse durante la nueva etapa de Distanciamiento Social.
Aquí está el comunicado oficial del Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz:
Decreto Prov. 0487/20 queda SIN EFECTO
Hace unos minutos el Sr. Gobernador se ha comunicado con el Sr. Arzobispo para notificarlo que en el reciente Decreto Provincial Nº 0487/20 (artículo 5) se ha deslizado un error y que por lo tanto, no están autorizadas las reuniones y celebraciones litúrgicas hasta nuevo aviso. Sólo se posee la habilitación para la apertura de los templos (Decreto Prov. N° 0449/20-art. 2).
09.VI.2020
Cancillería
Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz
Av. General López 2720
S3000DCJ Santa Fe de la Vera Cruz
(+54 342) 458-1780/2418
Pcia. Santa Fe – República Argentina
Por el momento, solo estarán habilitadas las actividades religiosas individuales, como rezar y confesarse en el establecimiento, durante el horario diurno hasta las 20.