La Justicia determinó que hay irregularidades en la concesión del predio donde funciona la hormigonera, otorgado el año pasado por el gobierno de Busquets. Ahora el Concejal Nicolás Maza presentó el pedido para que se derogue esa ordenanza y el Municipio recupere el predio frente al cementerio. “sabemos extraoficialmente que hay una deuda entre ellos” dijo el edil.
Se trata de la ordenanza 1595/2019, votada por el Concejo cuando era presidido por Juan Mansilla, (ordenanza votada sin haberla redactado). Esto ocurrió 3 meses antes que deje el Gobierno Camilo Busquets, brindando de esta manera un comodato con mayores beneficios a la Empresa Lucca Materiales, en detrimento de la Municipalidad de Ceres y de todos los ceresinos” indicó en la entrevista el Concejal Nicolás Maza
El predio donde se instaló la hormigonera está ubicado frente al cementerio y al momento de dar de baja a la empresa Tecnomix y otorgar inmediatamente y sin mayores explicaciones a la empresa Lucca, los Concejales Balzarini y Maza no solamente se opusieron, sino que también llevaron el caso ante la justicia que se expidió en su favor.
Según explica el Concejal Nicolás Maza, “la empresa Tecnomix tenía un canon a manera de alquiler del predio, donde todos los meses tenía que entregar X cantidad de metros cúbicos de hormigón para hacer bacheo, cordón cuneta o asfalto. En el nuevo comodato a la Empresa Lucca (comodato que nunca vimos) se le da muchos más beneficios, donde se les da 2 años de gracia y se les quita la obligación de entregar metros cúbicos de Hormigón a modo de alquiler”
También aclara el Concejal “nunca entendimos porque de estos beneficios, nunca expusieron las razones”
“Lo que paso en el Concejo fue que en una sesión totalmente irregular se votó una ordenanza que le daba estos beneficios a esa empresa, sin siquiera estar redactada la ordenanza ni el comodato, por eso fuimos a la justicia amparados en la ley de intereses difusos y el juez dictaminó el cese de la actividad de la empresa en ese lugar hasta tanto se resuelva la situación. Por eso nosotros pedimos derogar la ordenanza tan irregular que le concedió el predio a esta empresa porque va en detrimento de los intereses del Municipio porque el Municipio no tiene ningún beneficio y además porque va en contra de toda la reglamentación del Concejo”
La nota que presentó el Concejal Maza dice lo siguiente:
Considerando que al momento de dar tratamiento de la ordenanza en cuestión NO se respetaron los procedimientos establecidos por el reglamento interno del Honorable Concejo Municipal.
Que al momento de la votación no se puso a consideración de los Concejales el texto y va en contra definitivo del Comodato ni de la ordenanza que se estaba tratando.
Que los dos Concejales de la oposición (Maza y Balzarini) en el momento de la sesión de su tratamiento, advirtieron al presidente del Concejo (Juan Mansilla) de tal situación irregular lo cual tornaba de imposible tratamiento y votación, lo que consta en el acta N° 1299 de la sesión del dia 8 de agosto de 2019.
Que no obstante a las advertencias realizadas en el párrafo anterior, el Presidente del concejo decidió llevar adelante el tratamiento y posterior votación de una normativa no escrita.
Que de acuerdo a lo previsto por el articulo 136 el cual establece: toda ordenanza, resolución o acto que se adoptaren o sancionaren en pugna o contravención a las prescripciones legales vigentes a este reglamento, serán nulas, siendo los Concejales autores responsables directos por sus extralimitaciones de poder y sus consecuencias no podrán afectar en ningún caso los intereses de la Municipalidad.
Que atento a todo lo mencionado anteriormente, Los Concejales Nicolas Maza y Gerardo Balzarini, decidieron recurrir a la Justicia y presentar un recurso contencioso administrativo en el Juzgado de 1° instancia de Distrito N° 10 de la ciudad de Ceres, contra la Municipalidad de Ceres, a tramitarse bajo las normas de la Ley N° 10.000 de protección de intereses difusos.
Que el Juez actuante, luego de observarlas pruebas ofrecidas por los demandantes hizo lugar al mismo y solicitó el cese los efectos del acto impugnado.
Que a los fines de subsanar el grave error cometido por este cuerpo legislativo, resulta imperioso y administrativamente conveniente la derogación de la ordenanza referida.
Por lo que:
El Honorable Concejo Municipal, según la Ley 2756 y sus modificatorias, sanciona la siguiente ordenanza.
Art 1: deróguese en todo su contenido la Ordenanza N° 1595/19
Art 2: autorícese al Ejecutivo Municipal a realizar todos los actos administrativos tendientes a regularizar la situación del inmueble objeto de la presente.
Art 3: elévese al DEM la presente, para su promulgación.