La medida establece que la nómina del personal deberá “ser ocupada en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de la misma, por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo”.
El lunes, la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner firmó un decreto que establece el cupo laboral travesti-trans en el Senado. El texto indica que la nómina del personal en la Cámara Alta “deberá ser ocupada en una proporción no inferior al uno por ciento (1%) de la totalidad de la misma por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo”.
La ministra de Mujeres, Géneros y Diversidades, Elizabeth Gómez Alcorta, aseveró a través de sus redes sociales que que “la implementación del Cupo Laboral Travesti Trans en el Senado es reflejo de que estamos construyendo un
país más justo e igualitario”.
En esa misma línea, la titular del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi), Victoria Donda, expresó: “Cristina Kirchner acaba de implementar el cupo laboral travesti/trans en el Senado de la Nación. Se trata de un espacio más en el que la igualdad empieza a ser la norma. Y por supuesto, de la mano de una de las personas que más ha hecho por la ampliación de derechos en nuestro país”.
La normativa es para garantizar la existencia del cupo. En esa línea “se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, trans, transexuales y transgénero”.
Además, se aclara que “el cumplimiento del presente decreto en ningún caso debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes” con quienes ya trabajan en el Senado.
El segundo punto señala que “las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen” a que refiere el artículo 3 de la ley de identidad de género.
El presidente Alberto Fernández informó hace unos días el cupo laboral travesti-trans en el Estado. De esta manera, según al decreto 721/2020 establece que el sector público deberá contar con un 1 por ciento de representación trans, travesti y transgénero.