El fiscal Julio Rivero, en sus alegatos, había rechazado la acusación de “homicidio calificado por el vínculo”, al considerar que el hecho se encuadraba penalmente en la “legítima defensa”, por lo tanto había solicitado su absolución.
El tribunal de la Cámara 1º del Crimen de la ciudad cordobesa de Río Cuarto dictaminó la absolución de una mujer de 26 años que fue juzgada por el “homicidio calificado por el vínculo” de su pareja y con el voto unánime de sus miembros, entendió que la acusada era “víctima de violencia de género”, informaron fuentes judiciales.
El 12 de agosto de 2018, Valeria Olmedo, con residencia en la localidad de Alejo Ledesma, apuñaló con una cuchilla de cocina a su pareja, Julio César Pereyra, de 39 años, como respuesta a las golpizas, vejaciones y violencia psicológica que recibía constantemente, y por varios años.
Durante el proceso de enjuiciamiento, que culminó en la tarde de ayer en Río Cuarto, la mujer relató los detalles del maltrato físico, psicológico, vejaciones y conductas humillantes por parte de Pereyra, con quien convivía desde que ella tenía 12 años y de esa relación tiene tres hijas.
El fiscal Julio Rivero, en sus alegatos, había rechazado la acusación de “homicidio calificado por el vínculo”, al considerar que el hecho se encuadraba penalmente en la “legítima defensa”, por lo tanto había solicitado su absolución.
El tribunal técnico y los jurados populares entendieron que Olmedo se defendió como consecuencia de ser “víctima de violencia de género”, por lo tanto su conducta no era punible e inmediatamente se resolvió su “absolución y libertad”, ya que cumplía prisión domiciliaria.