Se realizó un cumpleaños de 15 tras ocho meses de suspensión de eventos. Se hizo con un estricto cumplimiento de la normas.
La familia de la cumpleañera había reservado el salón hace un año y hace poquito tiempo cumplió sus 15.
Gabriela Cagliero, titular de Tipuana, el lugar en donde se llevó adelante la normativa, indicó que se pudo llevar adelante con la capacidad a un 30% del total habilitado en el interior. Recordemos que en la provincia, se habilitó hasta un 50%. Es decir, ese lugar tiene un máximo de 80 personas (en en caso de esta fiesta, unos 40 adolescentes y otros 40 adultos), organizadas en unas 15 mesas (6 por mesa).
El evento terminó a las 0.30. Los invitados debieron ingresar de manera escalonada. Y, para poder controlar, hay un veedor que se hace responsable del cumplimiento de los protocolos.
El texto de la norma legal de la ordenanza N° 5.225, permite la reconversión excepcional y temporaria de los salones de fiestas habilitados con estricto cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos para su apertura y funcionamiento.
En ese marco regulatorio, se habilita a esos emprendimientos a funcionar como bares y/o restaurantes con concurrencia de comensales, con una ocupación de hasta el 30 por ciento de la capacidad habilitada de cada salón en sus espacios interiores cerrados con un tope máximo de 100 personas y privilegiando la ventilación natural por sobre el uso de ventiladores y/o aires acondicionados (ventanas y puertas abiertas en lados opuestos).
Además, cada local deberá privilegiar el desarrollo de las actividades en espacios abiertos privados (patios, terrazas, etc.) o públicos (veredas, canteros, parklets, plazas, parques, etc.) con estricto cumplimiento de los protocolos aprobados y previa solicitud de los permisos de uso y ocupación del espacio público.