También declaró inconstitucional la extensión de los incrementos para los jubilados para septiembre y diciembre.
La Cámara Federal de Paraná declaró inconstitucional los aumentos para los jubilados por decreto aplicados por el Gobierno luego de la suspensión de la fórmula de movilidad de la Ley 27.426, sancionada durante la gestión de Mauricio Macri.
El fallo de los jueces Mateo José Busaniche y Beatriz Estela Aranguren impugnó los decretos 163/2020 (que fijó un aumento del 2,3% para los jubilados más una suma fija de 1.500 pesos en marzo) y el decreto 495/2020 (que estableció una suba del 6,12% en junio). La decisión corresponde a una causa iniciada por un jubilado contra la Anses.
También declaró inconstitucional la extensión de los aumentos por decreto para septiembre y diciembre ya que la ley de Emergencia lo había fijado sólo para los primeros 180 días del vigente año.
De esta forma, rechaza el último aumento del 5% para diciembre, por el que este año las jubilaciones mínimas acumularán un incremento del 35,3% y las máximas del 25,3%. La fórmula suspendida hubiese arrojado un 42% para todos los beneficios, mínimos y máximos.
Los incrementos hubiesen sido en marzo (11,56%), junio (10,89%), septiembre (9,88%) y diciembre (4,48%). En la sentencia, se argumenta que la formula suspendida “arrojaría un aumento del 23%” para el período de marzo y junio.
El tribunal dictaminó la inconstitucionalidad de los decretos 163/2020 y 495/2020 “en la medida en que los incrementos por movilidad jubilatoria allí establecidos resulten inferiores a los que hubiese correspondido por aplicación de las pautas de la ley 27.426”.
Por su parte, los jueces Busaniche y Aranguren declararon la inconstitucionalidad del decreto 542/20 que prorroga la ley de Emergencia en la que se autoriza al Ejecutivo a otorgar aumentos por decreto.