En el marco de la pandemia.
La Municipalidad de Tostado, a través del decreto N° 089/2020, determinó nuevos horarios para distintas actividades en la ciudad, en el marco de las medidas preventivas por la pandemia Covid-19.
Decreto N° 089/2020
Artículo 1º: Adhiérase la Municipalidad de Tostado al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 956/2020, el Decreto Provincial N° 1700/2020, en tanto sea materia de su competencia, quedando extendido el “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el 20 de diciembre del 2020 inclusive, con las autorizaciones y prohibiciones allí establecidas.
Artículo 2º: Establécese, a partir de la fecha los nuevos horarios según se detalla a continuación, quedando derogada toda norma que se le oponga:
- Supermercados: de 08:00 a 22:00 hs.
- Kiosco, despensas y almacenes: de 08:00 a 02:00 hs.
Resto de actividades comerciales y de servicios: de 08:00 a 21:00 hs.
- Bares, cafeterías, restaurantes, comedores, carribares y afines: de 08:00 a 03:00 hs.
- Delivery y heladerías: hasta la 03:00 hs.
- Actividades deportivas y gimnasios: hasta las 00:00 hs.
- Actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto con concurrencia simultánea permitida de más de 30 personas al aire libre o en lugares cerrados de: 09:00 a 21:00 hs.
En todos los casos con el cumplimiento estricto de los protocolos que regulan cada actividad.