Lo decidió el juez Diego Martínez, en el marco del pedido formulado tiempo atrás por las hijas de Diego, Dalma y Gianinna, en un planteo que fue apoyado por los fiscales del caso.
La decisión fue tomada por el juez de Garantías de San Isidro durante la feria judicial, Diego Martínez, en el marco del pedido formulado tiempo atrás por las hijas del “10”, Dalma y Gianinna, en un planteo que fue apoyado por los fiscales del caso.
De acuerdo con la resolución a la que tuvo acceso Télam, el magistrado dispuso primero revocar el patrocinio letrado de Morla respecto de Claudia Nora, Ana Estela y Rita Mabel Maradona, quienes continuarán siendo asistidas por el abogado Yamil Castro Bianchi.
En el segundo punto, Martínez denunció la posible comisión de delitos de acción publica, a cuyo fin, pidió que se extraigan copias de las piezas procesales pertinentes y se remitan a la mesa de entradas de Tribunales para sortear a otro juez para que investigue.
Al explicar los motivos por los cuales sospecha de la comisión de un delito por parte de Morla, el magistrado se refirió a la transcripción de mensajes que obran en la causa por la muerte del “10” entre los teléfonos de Morla y del neurocirujano Leopoldo Luque, imputado por el delito de homicidio con dolo eventual.
De acuerdo con el juez Martínez, ese material remite a una charla entre Morla y Luque del 28 de noviembre del pasado año, a tres días de la muerte de Maradona, durante la cual el primero le dice al segundo: “Nada tuviste que ver’, ‘Y abogado tuyo soy yo’”.
A continuación, el magistrado transcribió otro mensaje que Morla le envió a Luque, uno con firmas de las hermanas de Maradona y abajo el texto; “‘Quedo abogado…’, ‘Hermanas me meten abogado'”.
El juez Martínez mencionó además mensajes entre el psicólogo de Maradona, Carlos Díaz, y la psiquiatra Agustina Cosachov, también acusados del homicidio con dolo eventual del “10”.
Y al respecto consideró: “…dan cuenta no solo que el primero tenía un contacto asiduo con el abogado Morla, sino también evidencian, a mi juicio, cierta confianza o familiaridad entre ambos que, vale señalar, excedería una relación cordial que podría enlazar a dos profesionales que, desde sus respectivas especialidades -médica y legal-, trabajan para una misma persona”.
Para Martínez esas circunstancias indican que se vulneró el artículo 60 inciso 1 de la Ley 5177, que indica que “está prohibido a los abogados: 1- Patrocinar o asesorar a ambos litigantes en un juicio, simultáneamente o sucesivamente, o aceptar la defensa de una parte, si ya hubiera asesorado a otra…”.
También para fundamentar el apartamiento del abogado, el juez Martínez se remitió a las declaraciones de los propios imputados, varios de los cuales admitieron haber llegado a tratar a Maradona tras ser contratados por Morla.
Finalmente, el juez concluyó: “Resulta palmaria de la prueba objetiva recabada por el momento que Matías Edgardo Morla asesoró a Leopoldo Luciano Luque, con antelación a su imputación en esta encuesta, no solo aconsejándole en su condición de profesional letrado, sino también llevándole tranquilidad acerca del trámite de la investigación, motivado ello en su ingreso a la pesquisa bajo el papel de patrocinante que hoy detenta”.
“Una vez que el letrado fue investido por las hermanas del fallecido como uno de sus patrocinantes, es el propio Dr. Morla quién paralelamente a la asistencia legal – y formal- de las hermanas Maradona, con su incorporación a la pesquisa, procura transmitirle a Luque sosiego y seguridad, refiriendo textualmente ‘Yo te pongo arriba con la verdad’, ‘Estate tranquilo’ y ‘No hiciste nada mal’”, agregó.
Para el juez, “el conflicto o colisión de intereses aparece incontrastable” por lo que “deviene incontestable la absoluta incompatibilidad del asesoramiento, patrocinio o ejercicio de la representación o defensa de ambos actores procesales, aún cuando sea en modo informal o circunstancial”.
Además de denunciar la posible comisión de un delito, el juez adelantó que remitirá actuaciones al Colegio de Abogados provincial para que investigue si se violó el Código de Ética profesional.
El pedido
El pedido de apartamento de Morla fue realizado a fines junio pasado por los abogados Federico Guntin y Marcelo Darío Sverdlik Warschavsky, representantes de las dos hijas mayores de Maradona, al juez de Garantías de San Isidro a cargo de la causa, Orlando Díaz.
En ese escrito –al que tuvo acceso Télam-, los abogados consideraron que el exrepresentante de Maradona debe ser apartado, entre otros motivos, por la relación de “amistad” que tiene con uno de los imputados, el psicólogo Carlos Díaz, y el asesoramiento y apoyo que les hizo llegar a otros dos acusados, Luque y Cosachov.
Antes de resolver sobre esta petición, el juez Díaz le corrió vista los fiscales de la causa, quienes avalaron el planteo de las hijas del excapitán de la selección argentina y también pidieron que Morla sea desplazado.
Además de Luque (39), Cosachov (36) y Díaz (29), la causa tiene otros cuatro imputados: los enfermeros Ricardo Omar Almirón (38) y Dahiana Gisela Madrid (36); su coordinador, Mariano Ariel Perroni (40); y la médica de la empresa Swiss Medical Nancy Forlini (52).
Todos fueron indagados por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, que prevé de 8 a 25 años de prisión.
Maradona murió a los 60 años el 25 de noviembre de 2020 al mediodía, en una casa del barrio privado San Andrés, de Tigre, donde transitaba la internación domiciliaria que está bajo investigación.
La autopsia determinó que murió como consecuencia de un “edema agudo de pulmón secundario a una insuficiencia cardíaca crónica reagudizada” y descubrieron en su corazón una “miocardiopatía dilatada”.