A través de la presentación de un Proyecto de Comunicación, aprobado por unanimidad, el Senador Provincial Felipe Michlig requirió al Poder Ejecutivo que “por intermedio de la Secretaría de Justicia gestione ante las autoridades correspondientes la puesta en marcha de una Oficina de Gestión Judicial (OGJ) con asiento en la ciudad de Ceres y la implementación de una Fiscalía Adjunta en dicha sede judicial, conforme lo establecido en la ley N° 13.898”, de su autoría.
El representante del departamento San Cristóbal sostuvo que “este es un tema que hace algunos años vengo impulsando, con el logro de la ley correspondiente, cuyo reclamo lo hemos potenciado junto a la intendenta Alejandra Dupouy, a partir del crecimiento poblacional de Ceres, lo cual ha tenido una buena recepción en el Subsecretario de Justicia, Dr. Gabriel Somaglia; el Subsecretario de Gobierno, Oscar Urruty y el Fiscal General Jorge Baclini; por lo que aguardamos que en los próximos días haya novedades en cuanto al llamado a concurso para cubrir el cargo de Fiscal para la ciudad de Ceres, que sería un paso muy importante”.
Sistema de justicia eficiente
Michlig menciona en los fundamentos del proyecto que “nos motiva lograr tener un sistema de justicia, ágil, accesible y eficiente que pueda resolver y responsabilizarse por los problemas inmediatos de la comunidad. Asimismo, ello posibilitará la concreción de una de las demandas más solicitadas por parte de la sociedad como es la de seguridad y un acercamiento más ordenado hacia los ciudadanos”.
“Poder contar en la localidad de Ceres con una dependencia de la OGI redundaría en la mejora en el servicio de justicia penal que se brinda en la circunscripción judicial N° 5”.
Ley 13.018
Mediante ley 13.898 se dispuso la creación en el ámbito del Ministerio Publico de la Acusación de una Fiscalía Adjunta en la ciudad de Ceres, con el objeto de complementar las actuaciones por delegación y bajo la supervisión del Fiscal Regional, pudiendo actuar en todos los casos en los que pueda intervenir el fiscal titular de quien dependa.
Las funciones de la OGI se encuentran establecidas en los artículos 30 a 33 de la ley 13.018, destacándose que “será el órgano encargado de desarrollar la actividad administrativa de los Colegios de Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Primera Instancia”.
Además, señala que “La oficina de gestión judicial es una organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad jurisdiccional. La administración de la oficina deberá realizar los esfuerzos necesarios, para mantener la coordinación y comunicación con las distintas dependencias del Estado que intervienen regularmente en un proceso penal”.