La penas serán de 12 y 18 años de prisión. Lo resolvió un tribunal de Alzada, que entendió que los dos uniformados cometieron, entre otros, el delito de tortura.
Un tribunal de Alzada resolvió confirmar la condena impuesta a dos policías del Comando Radioeléctrico de la Costa y les incrementó la pena a 12 y 18 años de prisión. Los condenados son Exequiel Maximiliano Mendicino y Ariel Alejandro Sanabria, a quienes en un juicio oral de primera instancia se les habían impuesto penas de dos años y de seis años y medio de prisión, respectivamente.
En primera instancia, Mendicino fue condenado a dos años de prisión y a cuatro de inhabilitación, solo por la autoría del delito de severidades en perjuicio de una de las víctimas. Ahora, la Cámara resolvió imponerle una pena de 12 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua y condenarlo como coautor de tortura (dos hechos); vejaciones; apremios ilegales; privación ilegítima de la libertad (siete hechos); robo calificado por ser cometido por personal policial; allanamiento ilegal (siete hechos) y falsificación ideológica de instrumento público (cuatro hechos).
Por su parte, a Sanabria se lo había condenado a seis años y medio de prisión por la coautoría de allanamiento ilegal; falsedad ideológica en instrumento público; vejaciones; severidades; apremios ilegales; amenazas coactivas; y privación ilegítima de la libertad. La Alzada, en tanto, lo condenó a 18 años de prisión por la coautoría de los delitos de tortura (cuatro hechos); vejaciones (dos hechos); robo calificado por ser cometido por personal policial; hurto calificado por haber sido ejecutado por un integrante de la fuerza de seguridad; allanamiento ilegal (cinco hechos) y falsificación ideológica de instrumento público.
“Los camaristas entendieron que los dos policías cometieron el delito de tortura, lo cual es clave para el fallo de esta investigación, pero también porque sienta un precedente muy importante”, hicieron hincapié los fiscales.
El fiscal que investigó el accionar delictivo de los uniformados es Ezequiel Hernández. Junto con la fiscal Mariela Jiménez representaron al MPA tanto en el juicio oral como en las audiencias de apelación.
“Apelamos el fallo de primera instancia porque entendimos que lo resuelto no reflejaba la gravedad del accionar ilícito de los dos policías investigados”, señalaron los fiscales. En tal sentido, puntualizaron que “la Alzada coincidió con lo que planteamos desde la Fiscalía, e hizo lugar a nuestro pedido no solo en cuanto a las calificaciones penales, sino también en relación al monto de las penas”.
“En una extensa resolución de 140 páginas, y siguiendo los fundamentos minuciosamente detallados en el voto de Gentile Bersano, los camaristas expusieron una mirada distinta a la que se resolvió en primera instancia”, destacaron.
Hernández y Jiménez subrayaron que “los ocho policías que fueron investigados, resultaron condenados, incluida la subcomisaria que era la subjefa del Comando de la Costa al momento de los ilíticos”
Todos los condenados
Además de Mendicino y Sanabria, también fueron condenados los otros seis policías investigados.
Se trata de la subcomisaria Nadia Lucrecia Soperez, de 38 años, quien era la subjefa del Comando Radioeléctrico de la Costa, y se le impuso una pena de ocho años y seis meses de prisión.
Mientras que, las otras cinco personas ya condenadas en el marco de la misma investigación son Juan Emilio Torres, Carlos Javier Núñez, Luis Ezequiel Gómez, Claudio Cerf y Gabriela Cerf.
Los hechos
En relación a la investigación, Jiménez y Hernández recordaron que “se inició en noviembre de 2017 a raíz del accionar de ocho policías que cumplían funciones en el Comando Radioeléctrico de la Costa”. En tal sentido, precisaron que “a partir de la previa distribución y asignación de tareas, los policías investigados vulneraron múltiples derechos constitucionales de gran cantidad de víctimas”.
“Entre las víctimas había mujeres, niños y personas con discapacidad”, sostuvieron los funcionarios del MPA y añadieron que “los acusados actuaron con desaprensión hacia la integridad física, la libertad y la propiedad de otras personas, y lo hicieron a través de los conocimientos y de las herramientas de trabajo que les fueron provistas por el Estado”.
Los fiscales a cargo de la investigación explicaron que “los agentes policiales insertaban declaraciones falsas en las respectivas actas de procedimiento luego de cometer los delitos, con la clara intención de ocultar los ilícitos que habían cometido”.
“Los instrumentos que se falsearon en casi la totalidad de los hechos son actas de procedimiento, es decir, documentos que tenían como fin anoticiar a la Justicia Penal de la probable comisión de hechos ilícitos” añadieron Hernández y Jiménez.
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