26.8 C
Santa Fe
martes, abril 15, 2025

La Justicia rechazó el planteo de Carlos Tévez y deberá pagar el impuesto a las grandes fortunas

Además

Día Mundial de la Enfermedad de Chagas 2025: Santa Fe refuerza su compromiso en la lucha contra esta enfermedad silenciosa

En el marco del Día Mundial de la Enfermedad de Chagas, que se conmemora cada 14 de abril, la...

Viviana Canosa presenta denuncia penal contra Lizy Tagliani en Comodoro Py

El conflicto mediático entre Viviana Canosa y Lizy Tagliani escaló este martes 15 de abril con la presentación de...

Colón analiza la continuidad del DT

Colón atraviesa el momento más complicado de la temporada, perdió los últimos tres partidos y se quedó afuera de...

El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida presentada por el ex futbolista, quien había argumentado que “el cobro de dicho impuesto era confiscatorio”.


El juzgado Contencioso Administrativo Federal 5 rechazó la medida cautelar presentada por el ex futbolista Carlos Tevez, para no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario implementado para Ayudar a Morigerar los Efectos de la Pandemia de Covid-19.

“Cuando la pretensión cautelar se intenta contra la Administración Pública es menester demostrar prima facie -y sin que ello implique un prejuzgamiento de la cuestión de fondo-, la manifiesta arbitrariedad del acto cuestionado, dado el rigor con que debe apreciarse la concurrencia de los supuestos que la tornan admisible”, señala el fallo que rechaza la presentación de Tevez.

Entre los fundamentos, se recuerda que “la procedencia de las medidas cautelares se halla condicionada a que se acredite la apariencia o verosimilitud del derecho invocado por quien las solicita, y el peligro en la demora, que exige que la probabilidad de que la tutela jurídica definitiva que la actora aguarda de la sentencia a pronunciarse en el proceso principal iniciado o a iniciarse, no pueda, en los hechos, realizarse, es decir, que a raíz del transcurso del tiempo los efectos del fallo final resulten prácticamente inoperantes”.

La presentación, que en su momento realizaron los letrados del exfutbolista, indicaba que “el cobro de dicho impuesto era confiscatorio, dado que el aporte que debía realizar representaba una incidencia del 200,40% de sus rendimientos percibidos del año 2020, es decir, absorbiendo el equivalente a la renta obtenida en dos ejercicios anuales completos”.

 

Fuente: Telam

Seguí todas las noticias de RadioEME.com
en Google News

Últimas noticias

Día Mundial de la Enfermedad de Chagas 2025: Santa Fe refuerza su compromiso en la lucha contra esta enfermedad silenciosa

En el marco del Día Mundial de la Enfermedad de Chagas, que se conmemora cada 14 de abril, la...

Viviana Canosa presenta denuncia penal contra Lizy Tagliani en Comodoro Py

El conflicto mediático entre Viviana Canosa y Lizy Tagliani escaló este martes 15 de abril con la presentación de una denuncia penal por parte...

Colón analiza la continuidad del DT

Colón atraviesa el momento más complicado de la temporada, perdió los últimos tres partidos y se quedó afuera de la zona de clasificación al...

Ricardo Altamirano: “Unión es mi segunda casa”

En el día del cumpleaños 118 del Club Atlético Unión hoy dialogamos en EME Deportivo con un ícono futbolístico: Ricardo Altamirano. Además de sus...

Michlig en EME: “Santa Fe tiene una oportunidad histórica para reformar su Constitución”

El senador provincial por el departamento San Cristóbal y convencional electo, Felipe Michlig, visitó los estudios de EME donde destacó el resultado alcanzado por...

Artículos relacionados