Fue la medida que prácticamente dio inicio a la causa de la Ruta del dinero K, adoptada por el juez Casanello en 2017. Casi cinco años después, el máximo tribunal desestimó el último planteo.
La Corte Suprema rechazó un recurso del empresario Lázaro Báez contra el primer procesamiento en su contra por parte del juez Sebastián Casanello, en una causa por lavado de dinero que afrontó un largo juicio oral y por el que terminó condenado a 12 años de prisión.
El máximo tribunal resolvió declinar la apelación cuatro años después del procesamiento de 2017 en la causa conocida como “ruta del dinero K”. El santacruceño fue procesado por el juzgado federal a cargo de Casanello, y la decisión fue apelada por su abogado de entonces, Maximiliano Rusconi, pero la Cámara Federal lo confirmó en 2017.
La ratificación fue apelada ante la Cámara Federal de Casación, el máximo tribunal penal del país, habida cuenta de que Báez estaba detenido y eso habilitaba el tratamiento como si se tratara de una sentencia definitiva, que en este caso no lo era.
La Cámara de Casación rechazó la apelación en 2018 y la entonces defensora de Báez, Elizabeth Gasaro, interpuso un recurso extraordinario para llegar en revisión a la Corte.
En el ínterin, la causa llegó a juicio con Báez preso, se celebraron todas las audiencias durante más de dos años y en febrero de 2021 el empresario fue condenado a 12 años de prisión. La sentencia fue apelada y el próximo 26 de mayo se realizará la audiencia en la que la Casación comenzará a resolver si ratifica, modifica o revoca la condena contra Báez.
Ahora, después de todo ese recorrido, la Corte por unanimidad rechazó el último recurso y dejó firme aquel procesamiento que fue prácticamente el paso inicial de todo el proceso.
La Corte, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el recurso de “queja” por una omisión burocrática en su presentación: la falta de una fotocopia de una resolución.
El fallo no tiene relación con la condena de Báez; el máximo tribunal deberá volver a intervenir cuando esa etapa de revisión que se desarrolla actualmente traspase la instancia del tribunal de casación.