Lo comunicó la ANMAT a través de la Disposición 7488/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial de la Nación.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y venta de un aceite de oliva por no contar con la rotulación adecuada a la normativa vigente.
A través de la Disposición 7488/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial de la Nación, se informó la prohibición de venta, comercialización y consumo del producto. La investigación de la ANMAT se inició a raíz de una notificación de la Dirección de Bromatología de la provincia de Tucumán.
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° inciso II de la Ley 18284”, señaló la ANMAT en la investigación.
En ese marco, la ANMAT determinó que se “prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto Aceite de Oliva Virgen Extra. Marca: Tataglia. Contenido neto: 2 litros., RNE -En trámite-, RNPA -En trámite, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios, resultando ser un producto ilegal”.
Fuente: Diario Popular