La causa comenzó en enero de 2021 tras la muerte de una niña de 2 años y la internación de otros menores en la localidad santafesina de Ceres.
La Fiscalía Federal de Rafaela apeló la falta de mérito dictada a Mónica Mabel Ucero, directora general de Desarrollo Sustentable de la provincia de Santa Fe, en la causa en la que se investiga la muerte de una niña intoxicada con plomo.
“Es imposible pensar que la nombrada pudo desconocer la existencia del predio, las condiciones en que se hallaba, la circunstancia de que el mismo se encontraba habitado, y el peligro que ello representaba para las potenciales víctimas. Tomar conocimiento de ello y actuar en consecuencia era -precisamente- su función”, sostuvo el fiscal Jorge Gustavo Onel interinamente en el cargo, en la presentación donde pidió la intervención de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.
La causa comenzó el 26 de enero del año pasado luego de tomar conocimiento a través de los medios de la muerte de una niña y la internación de otros menores en la localidad de Ceres, como consecuencia de haber detectado plomo en sus organismos.
Según publicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación en las últimas horas, a principios de octubre, el juez federal Marcelo Bailaque, subrogante del Juzgado Federal de Rafaela, había procesado a Norma Inés Orellano, vicepresidenta de la firma Nesaglo SA, una compañía que se dedicaba a la fabricación de baterías para autos en el predio en el que vivían los niños y sus familias y en donde funcionó la fábrica hasta 2017.
En la resolución, la había considerado responsable por impericia de la contaminación con plomo del agua, el suelo, la vegetación y otros elementos de un predio ubicado en la localidad de Ceres, donde funcionaba la fábrica Cerplac. No obstante, en esa resolución consideró que no había mérito para procesar a Ucero.
Tras la investigación se determinó la existencia de plomo en al menos el agua, la superficie, vegetales y otros elementos sólidos de ese predio en niveles superiores a los permitidos, lo que es considerado como residuo peligroso en los términos de la Ley 24.051 y su reglamentación.
Se estableció que, además de la niña que falleció, 21 personas sufrieron las consecuencias de haber inhalado el material.
Debido a eso, el juez Bailaque procesó a Orellano por considerarla responsable de la contaminación con plomo del ambiente de un modo peligroso para la salud de manera negligente, debido a su rol de vicepresidenta de la firma que controlaba la fábrica; y además la procesó por la muerte de la niña. No obstante, al momento de resolver la situación de la funcionaria Ucero, el magistrado federal no coincidió con el criterio del Ministerio Público Fiscal y dictó la falta de mérito.
En las últimas horas, el fiscal Onel consideró que existen elementos como para considerar a la funcionaria responsable de la contaminación por inobservancia y apeló la falta de mérito.
En su escrito de apelación, el fiscal sostuvo: “Para esta Fiscalía Federal, la responsabilidad negligente de la funcionaria luce evidente, en hechos de extrema gravedad, que costaron la vida de una menor de edad y la intoxicación por plomo de otras personas, todas ellas en situación de vulnerabilidad económica, social y habitacional”.