Conocé cuáles son los requisitos para cobrar esta ayuda de ANSES, cuánto es el monto y el paso a paso para cobrarlo.
Los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedidos sin causa justa, pueden recibir el Cobro Único de Desempleo que paga mensualmente y durante 12 meses la ANSES.
Cuando un trabajador o trabajadora asalariado queda sin trabajo recibe los beneficios del Seguro por Desempleo, que le brinda un pago mensual de 22 mil pesos, cobertura médico-asistencial de la obra social, pago de Asignaciones Familiares y el cómputo del período del Seguro por Desempleo para su jubilación.
El Seguro también le brinda orientación laboral o apoyo en la búsqueda de empleo por parte de oficinas públicas, así como la posibilidad de capitalizar el Seguro por Desempleo, es decir, cobrar todas las cuotas juntas (modalidad de Pago Único) para desarrollar un emprendimiento económico para su inserción laboral.
Los requisitos
• Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
• Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Cómo realizar el trámite
• El trámite es presencial, sin turno. Primero deberás hacer firmar el formulario en una oficina de ANSES y luego presentar toda la documentación en el Ministerio de Trabajo.
• Descargar el formulario desde la web del Ministerio de Trabajo o solicitarlo en una oficina de ANSES, y hacerlo firmar.
• Presentar el formulario en el Ministerio de Trabajo, junto al proyecto del emprendimiento a realizar.
Documentación
• DNI (original y copia)
• Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
• Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
• Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
• Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
• No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
• Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
• En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Fuente: Diario Popular