Se aplica a aquellas que cuenten con más de 100 trabajadores. Pueden optar por terciarizar el servicio, abonar parte del costo de un trabajador de cuidado o brindar el servicio por su cuenta. Va desde los 45 días hasta los 3 años del niño o niña.
Hay una noticia importante para aquellas personas que trabajan en empresas que tengan más de 100 empelados. Se trata de que las empresas con estos dependientes deberán depender de un lugar para el cuidado de hijos. Por eso, Radio EME dialogó con María Eva Bellini, Subsecretaría de Planificación, Evaluación y Cooperación Estratégica de Políticas de Igualdad en la provincia.
“A partir de la semana pasada empezó a regir uno de los artículos de la ley de contratos de trabajo que existe hace 48 años. Se ha reglamentado el articulo 179 y obliga a las empresas que tengan más de 100 trabajadores a tener un espacio de cuidado para sus hijos o hijas desde los 45 días hasta los 3 años”, detalló la profesional.
Por otro lado, Bellini dijo que “Las empresas pueden optar por diferentes alternativas. Algunas terciarizan los jardines contratando cupos, se compensa al trabajador con piso mínimo del 40% para los trabajadores de cuidado o brindar propiamente el servicio”.
Finalmente, aclaró que en la provincia de Santa Fe “Según los registros, hay 500 empresas que deberían empezar a cumplir con esta nueva normativa”.