El fiscal federal de San Pablo Andrey Borges de Mendonça presentó un nuevo pedido ante el juez de esa Ciudad en el que insiste con el procesamiento del actor Juan Darthes por el abuso sexual de la actriz Thelma Fardin.
Planteó un recurso de reposición en el que insiste que el delito por el cual fue denunciado el actor sigue vigente luego de que el magistrado subrogante del fuero federal Fernando Toledo Carneiro entendiera que había prescrito por el paso del tiempo.
La denuncia contra Darthés fue hecha en 2018 por Fardin, que denunció que en 2009, en Nicaragua y mientras el elenco de “Patito Feo” estaba de gira, el actor la abusó sexualmente.
En ese momento, el actor tenía 45 años y ella apenas 16, y él siempre negó los hechos por los cuales fue llevado a juicio.
Tras la denuncia y debido a convenios bilaterales se aceptó seguir el juicio en Brasil, de donde es oriundo el actor.
“No ha sido posible determinar la materialidad del delito”, dijo el juez en su fallo sobre la acusación por abuso sexual con acceso carnal, y entendió que otro tipo de hecho está prescrito por el paso del tiempo. En su fallo, el juez evaluó que Fardin recién hizo la denuncia por abuso sexual con acceso carnal en 2018 y no inicialmente cuando le comentó la situación a su entorno, al cual no le había dado ese tipo de detalle.
Por eso cuando muchos de su entorno se presentaron a declarar sí refirieron a una situación de abuso pero que inicialmente no le había referido a acceso carnal.
“A la vista de todo lo expuesto, se concluye que existe duda sobre la ocurrencia o no de la conjunción carnal, esencial para la configuración del delito descrito en el art. 213 del Código Penal, con redacción dada en la época de los hechos, según se describe en la denuncia. Y la duda, en este caso, se resuelve a favor del imputado, siendo la absolución la medida que se impone”, determinó en su fallo el juez.
En la presentación fiscal, se aseguró que al haber introducido sus dedos en al vagina de la actriz y haberle hecho sexo oral, el encuadre jurídico es el de estupro o atentado violento al pudor, el cual tiene una pena de 4 a 10 años de prisión.
Ese delito prescribe a los 16 años con lo cual la acción penal se encontraría vigente, a eso apunta la presentación fiscal.
Fuente: NA