Entre los múltiples cambios que impulsa Javier Milei a través del proyecto de Ley ómnibus, aparece la desgravación de los productos importados para uso personal que los viajantes traen del exterior.
El Gobierno propone eliminar el cobro de los impuestos que actualmente afectan a todos los bienes que los viajeros ingresan al país sin fines comerciales, aunque superen la franquicia vigente de 500 dólares.
En el capítulo de “Desregulación económica” del paquete de normativas impulsada por el Poder Ejecutivo, el artículo 64 dice exactamente: “Las mercaderías amparadas por el régimen de equipaje, que se importen para consumo sin fines comerciales, fuera de las franquicias que otorga el Decreto Nº 2130/91 o con arreglo a lo dispuesto en su artículo 10, no estarán gravadas por ningún tributo”. Es decir, se elimina el gravamen del 50% que pesa sobre los bienes que se traen del exterior cuando su precio supera la franquicia establecida de US$ 500.
De esta manera, si la Ley Ómnibus progresa y no se modifica este articulado, la Aduana ya no podría cobrar impuestos a aquellos viajeros que ingresen bienes desde el exterior para uso personal, sin importar el valor que tengan los productos en cuestión.
Además, sustituye el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2753/91 por el siguiente: “Para el ingreso de productos mediante el régimen de equipaje no será necesario completar ningún formulario. En caso de que la cantidad de la mercadería a importar haga presumir fines comerciales, la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS seguirá los procedimientos contemplados en la normativa vigente.”
Por lo que de aprobarse la norma, se podrá ingresar en la valija diversos productos que dado su costo y tamaño, habiéndose eliminado el impuesto, seguramente estarán más económicos en el exterior que comprándolos en el país.