Es la duda que plantearon muchas mujeres que se acercaron a La Casa del Encuentro y a la UFEM para pedir ayuda. Cómo proceder.
La revelación de Thelma Fardín contra el actor Juan Darthés, por un abuso sexual cuando ella tenía 16 años y compartían elenco en la tira Patito Feo, provocó una ola de denuncias de víctimas.
En la organización civil La Casa del Encuentro, que se dedica a acompañar a víctimas de violencia de género, las consultas espontáneas suelen ser entre tres y cinco por día. Este jueves se acercaron 37 mujeres. Lo que más preguntaron fue cómo actuar ante un abuso sexual ocurrido hace muchos años, desde lo legal y lo psicológico.
Lo mismo sucedió en la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM). “Empezamos a recibir más denuncias de casos viejos”, confirma a Clarín su titular, Mariela Labozzetta, aunque aclara que “igual es algo bastante propio de este tipo de delitos, sobre todo en el abuso sexual infantil”.
“A veces, las personas no están preparadas mentalmente para darse cuenta de que ese hecho del que fueron víctimas se trata de un delito. Es un proceso interno muy profundo. Primero, de reconfiguración de esos hechos. Y, después, de años de terapia para animarse a denunciar”, sigue Labozzetta.
Dónde hacer la denuncia
Cuando la persona toma la decisión de hacer la denuncia, cuenta con diferentes recursos:
* En la Ciudad, existen dos números de teléfono gratuitos. La línea 137 (atención a víctimas de violencia familiar) y la línea 144 (para mujeres en situación de violencia).
* Se puede denunciar en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ubicada en Lavalle 1250, o llamando al 4123 – 4510.
* Otras opciones son dirigirse a cualquier juzgado, fiscalía, o a la cámara del crimen del Palacio de Tribunales.
* En la Provincia y en el interior se puede acudir a las unidades especializadas en delitos sexuales y violencia intrafamiliar. Algunas localidades también tienen Comisarías de la Mujer.
Cuándo prescribe un caso
“No le pude hacer una denuncia legal a Darthés porque lo mío prescribió”, dijo Calu Rivero en una entrevista. ¿A qué se refiere?
La abogada penalista Raquel Hermida -que asesora a la actriz y cantante Anita Co, otra de las actrices que denuncia a Juan Darthés– explicó a Clarín que los delitos prescriben en el máximo de la pena.
“En nuestro país, un abuso sexual con acceso carnal está penado con una pena máxima de 15 años. Y hay que sumarle los agravantes”, explica Hermida. Por lo tanto, señala que un caso de estas características prescribe a los 15 años.
Tal como informa Clarín, los casos de abuso simple (por ejemplo, un manoseo) hay una pena de 6 meses a 4 años. Entonces, prescriben a los 4 años.
Para los delitos cometidos después de 2015, entra en vigencia la última reforma del Código Penal. En esos casos, para los delitos sexuales, hay un plazo de prescripción diferencial. Empieza a correr desde el momento en que la víctima hace la denuncia. “Esto tiene que ver con advertir que las personas tardan mucho tiempo en ir a la justicia”, dice Labozzetta.
Cuando un caso está prescripto, si la mujer igualmente quiere denunciar, “le pueden tomar la denuncia, y el juez inmediatamente va a declarar, por una resolución, que la acción está extinguida”, señala la titular de UFEM.
¿Hay que buscar testigos?
“En estos casos, lo que suele pasar es que el hecho es cometido en el ámbito privado, donde únicamente la víctima es testigo presencial”, explica Labozzetta. “Pero lo que tenemos que trabajar nosotros, dentro del sistema de Justicia, es buscar pruebas que fortalezcan el testimonio de la víctima“, continúa.
Entre las pruebas, puede haber testimoniales de personas allegadas que hayan hablado con la víctima y la hayan visto después del hecho. También, de un psicólogo o psiquiatra que la haya atendido y pueda dar cuenta de las lesiones que le causó el abuso. Además, pueden servir los informes médicos y la historia clínica.
Las cosas por su nombre
La abogada Hermida -que también es profesora universitaria- considera importante diferenciar los términos. Explica que el “acoso” es verbal, simbólico, se da con gestos, pero no se maneja con una relación cuerpo a cuerpo. Cuando hay un contacto físico -por ejemplo, una chica que es tocada en sus genitales por un hombre, sin consentimiento- estamos hablando de un “abuso”.
La palabra “violación” no existe más en el Código Penal y fue reemplazada por “abuso sexual con acceso carnal”. Por la nueva legislación, el acceso carnal es entendido cuando se da por cualquier parte del cuerpo, ya sea en forma anal, vaginal u oral, o introduciendo objetos por alguna de las dos primeras vías.