La Corte Suprema fallo en contra del Anses y pidió al Congreso un índice para calcular el haber inicial de las jubilaciones, que deberá ser actualizado.
La Corte Suprema de Justicia resolvió que para el cobro retroactivo de haberes jubilatorios judicializados se debe aplicar un índice de cálculo del haber inicial que arroja resultados superiores a los que actualmente emplea la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses). Desestimó así las advertencias de la Casa Rosada sobre la sustentabilidad del sistema jubilatorio nacional, aunque planteó al Congreso que defina un nuevo indicador.
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Los jueces, también por mayoría, declararon de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones 56/2018 Anses y 1/2018 SSS con las que calculaban haberes iniciales, “por arrogarse los organismos que las dictaron el ejercicio de una facultad de exclusivo resorte del Poder Legislativo Nacional”.
La Corte ordenó comunicar al Congreso de la Nación el contenido de la sentencia para que se fije el indicador para la actualización de salarios computables para el cálculo del haber inicial en el período 1995-2008. Hasta que el Congreso dicte la ley la actualización, aclaró el máximo tribunal, se utilizará el Isbic (Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción), como lo reclamaba Blanco.