Un colombiano oriundo de Bogotá llamado Stiven Claros pagará 883.324 pesos colombianos (unos 265 dólares) por comprar una empanada en un puesto ambulante al salir de su trabajo. Probablemente se trate de la empanada más cara del mundo. Al conocerse la noticia en los medios colombianos, los creativos cargaron con su ingenio las redes.
El insólito episodio ocurrió en la estación Rionegro del sector La Castellana, cuando un policía se le acercó al ciudadano, de 22 años, y a otros que lo acompañaban, pidiéndoles la cédula. Pensando que sólo sería una revisión de sus antecedentes judiciales, el joven nunca imaginó que en ese momento sería multado con semejante suma de dinero.
“Llegamos al puesto de comidas, compramos la empanada, los policías nos vieron y no nos dijeron nada, pero cuando estábamos comiendo nos vinieron a pedir las cédulas, y luego me pusieron una sanción, cuando nunca nos dijeron que no podíamos comer allí”, afirmó el sancionado, quien ahora deberá esperar a que se realice una audiencia en la que se defina si debe o no pagar el monto de la sanción.
— Ella: Seguro está pensando en otra.
— Él: Qué pasaría si un Policía encuentra otro Policía comiendo Empanadas? 🌮 👮#TeLoPedimosSeñor #HumorCardenal pic.twitter.com/aImMGxhuD6— VÍCTOR LÓPEZ AROCA (@ExtraNoticiasCo) February 16, 2019
— ¿Trajiste la empanada?
— ¿Traes el dinero? pic.twitter.com/040Hv6CfqX— El Mero Tenedor (@elmeroTenedor) February 16, 2019
https://twitter.com/theyeyoflow/status/1096629326878044160
Pero el joven no fue el único: tres clientes más y a la vendedora conocida como ‘La Negrita’, también fueron multados, según explicaron, porque infringió el Código de Policía de Bogotá en el artículo 140, que explica cuáles son los “comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público”.
En ese apartado, el punto 6 explica que está prohibido “promover o facilitar el uso u ocupación del espacio público en violación de las normas y jurisprudencia constitucional vigente”, lo que según la demanda, habría cometido el comprador.
El Código establece que la multa que corresponde a esa conducta es de tipo 4, equivalente a 16 salarios mínimos diarios vigentes; es decir, 883.324 pesos.