El Concejo de Rosario extendió además la obligación igualitaria por sexo de choferes a las empresas privadas de transporte público.
El Concejo Municipal aprobó ayer la ordenanza que promueve la incorporación de mujeres como choferes en el transporte urbano de pasajeros. A diferencia de la norma vigente desde 2006, la nueva iniciativa extiende la obligación de la incorporación igualitaria de mujeres y varones a las empresas privadas concesionarias del servicio de transporte. Y además establece multas que pueden llegar a los 3 mil boletos (unos 70 mil pesos) por cada mes de incumplimiento.
“Esto es un logro para nosotras, pero también para todas las chicas que vienen detrás nuestro”, festejaba ayer María Alvarez, una de las colectiveras que se puso al frente de la movida para garantizar que las empresas de colectivos cumplieran con las normas que garantizan la igualdad de trabajo.
Si bien en Rosario existe desde hace trece años una ordenanza que obliga a la empresa municipal a cubrir los cupos generados entre los colectiveros de forma ecuánime entre ambos géneros, actualmente no hay conductoras en los ómnibus de la firma Movi Rosario.
Una situación que llevó a tres conductoras a realizar un amparo judicial y una denuncia por discriminación contra la firma del estado municipal. En paralelo, empezaron a reclamar al Concejo que se incluyan sanciones en la ordenanza.
En esas gestiones, tuvieron un aliado impensado: el secretario general de la delegación local de la Unión Tranviarios Automotor (UTA), Manuel Cornejo, quien sostuvo que el cuerpo de las mujeres no estaba preparado para conducir un colectivo. La afirmación sexista cosechó un amplio repudio y puso el reclamo de las mujeres en el centro de la opinión pública.
Al volante
El proyecto que se aprobó ayer modifica la ordenanza de 2006. La iniciativa pone en el Ente de la Movilidad la responsabilidad de hacer cumplir el “Programa Mujeres Choferes del Transporte Urbano de Pasajeros”.
Este tendrá como objetivo llevar a cabo “la gradual incorporación” de mujeres en el plantel permanente de choferes del TUP, tanto de las líneas de empresas públicas, como en las empresas privadas concesionarias del sistema.
Para esto, se controlará trimestralmente la nómina de empleados que ingresan y egresan a las empresas de colectivos para desempeñarse como choferes y en el carácter que se incorporan, es decir a plazo fijo o plazo indeterminado.
En forma paralela, se creará un “Registro de Mujeres Postulantes” a la conducción de unidades del transporte urbano, con la misión de ordenar el acceso a plantel permanente de las líneas de transporte.
De esta forma, las vacantes que se produzcan en los puestos de choferes “deberán cubrirse de manera que se asegure la incorporación igualitaria de mujeres y hombres, es decir en proporción 50% y 50%, siempre en atención a los criterios de idoneidad para el desempeño del cargo”, señala la norma y afirma que “en caso de que el número de vacantes disponibles resulte impar, se deberá comenzar siempre por incorporar primero a una mujer y luego a un hombre, y así sucesivamente”.
Las sanciones
La nueva ordenanza introduce también sanciones para las empresas que incumplan con el cupo femenino.
Según señala, las propias afectadas y “cualquier ciudadano que detectase irregularidades” podrá denunciar las transgresiones a la norma, lo que dará inicio a actuaciones administrativas.
Si se comprueban las irregularidades, las sanciones por multas a aplicarse se fijaron en el valor tarifario básico (VTB), correspondiente al precio de un boleto de colectivo, actualmente $23,17.
Las multas son de entre mil y tres mil boletos, que se aplicarán a las empresas por cada mes de incumplimiento.