Debido a la Emergencia Sanitaria en Vera, se dieron a conocer las nuevas medidas resueltas por la Municipalidad de Vera en el ámbito distrital.
– SUSPÉNDASE todo evento de carácter público o privado en toda la Jurisdicción del Distrito Vera.
– SUSPÉNDANSE las actividades desarrolladas por el Municipio, que concentre personas.
– SUSPÉNDANSE las actividades que se desarrollen en todos los establecimientos bajo el rubro “confiterías bailables”, discotecas, clubes, gimnasios, competencias deportivas, cines, museo, salones de fiestas y vecinales y todo otro tipo de establecimiento en los que se realicen reuniones, cursos o capacitaciones en la ciudad de Vera.
– SUSPÉNDASE todo espectáculo, en toda la Jurisdicción del Distrito Vera.
– SUGIÉRASE que las actividades religiosas que se desarrollen en templos de la ciudad sea cual fuere su credo, prorroguen y/o minimicen los actos religiosos a los efectos de no aglutinar personas con el fin de ajustarse y colaborar con los protocolos de prevención.
– RECOMIÉNDASE a los propietarios de supermercados, autorservicios, despensas u otros comercios, que dispongan las medidas necesarias para disminuir la presencia de personas dentro de los establecimientos, asimismo requerirles a los clientes que ingrese una persona por familia y sobre todo no acudir con niños, adultos mayores y/o personas que tengan alguna patología que queden agravar el efecto del COVID-19.
– RECOMIÉNDASE a la población en general, abstenerse de concurrir a realizar trámites en dependencias oficiales con atención al público, en la medida en que no resulte estrictamente indispensable por razones de necesidad, o por estar corriendo plazos o términos legales para la realización de los mismos, priorizando la realización de ellos en forma online, siempre que exista la posibilidad.
– RESTRÍNGESE la permanencia de personas en plazas, paseos y espacios públicos.
– Los establecimientos comerciales regulados por Ordenanza (carribares y afines) deberán funcionar solamente con servicio de delivery o de retiro de comida al paso y, de utilizar mesas, deberán colocar las mismas a 3 metros de distancia entre ellas, tomando en cuenta todos sus laterales, además de tener medidas y de higiene extremas en todas las infraestructuras edilicias y movilidad de delivery fundamentalmente en la cocina, barras, mesas, sillas, sanitarios, puertas y ventanas, colocando alcohol en gel para uso de los cocineros y personal y utilizando guantes de látex tanto mozos, expendedores y personal en general. Quienes manipulan alimentos en la cocina deberán usar barbijos.
– Las medidas aquí expuestas, podrán modificarse si la situación de la emergencia así lo requiere, sin previo aviso.
– ESTABLÉZCASE que las autoridades de fiscalización y control verificarán el cumplimiento de las medidas impuestas por la presente.
– Estas medidas rigen hasta el 31 de marzo de 2020, las cuales podrán ser prorrogables.
– DERÓGUESE toda norma que se oponga a la presente.