El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la comunicación A6945, estableció que las entidades financieras no podrán cobrar cargos ni comisiones por las operaciones efectuadas mediante todos los cajeros automáticos habilitados y operados por ellas en el país.
La comunicación indica que “la medida tiene como objetivo que las personas circulen lo mínimo indispensable para contribuir al aislamiento social dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional para contener la pandemia de Coronavirus COVID-19”.
La disposición de la autoridad monetaria indica que la medida regirá hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, y abarca a operaciones como depósitos, extracciones y consultas, entre otros, efectuadas mediante todos los cajeros automáticos habilitados y operados en el país por ellas.
“No habrá límites de importe –salvo los que expresamente se convengan por razones de seguridad o resulten de restricciones operativas– ni de cantidad de extracciones. Tampoco habrá distinción alguna entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta a la vista sobre la cual se efectúe la correspondiente operación”, señala el documento del BCRA.