Se suspendieron las audiencias del Caso Perassi por un caso de COVID-19.
La audiencia de revisión de la sentencia condenatoria dictada al matrimonio conformado por Gabriel Strumia y Roxana Michl en la causa Paula Perassi, desaparecida desde el 18 de septiembre de 2011, fue suspendida este miércoles debido a que la presidenta del tribunal a cargo fue aislada en el marco de la pandemia de coronavirus. Fuentes judiciales informaron que la magistrada Bibiana Alonso, presidenta del tribunal integrado por Gabriela Sansó y José Luis Mascali, es contacto estrecho de una persona infectada con covid-19. En las próximas horas se le practicará un hisopado. Debido a esta situación, la instancia judicial se canceló y se estima que recién podría realizarse a mediados de noviembre.
La revisión estaba prevista para los días 26 y 27 de octubre entre las 9 y las 17, de forma presencial en los tribunales provinciales. En esta instancia se espera que el tribunal falle en relación a la condena impuesta en noviembre de 2019 contra Gabriel Strumia y su esposa Roxana Michl, sentenciados a 17 y 7 años de cárcel, respectivamente por el delito de privación ilegítima de la libertad coactiva por tratarse de una mujer embarazada, de parte de los camaristas Gustavo Salvador, Javier Beltramone y Carolina Hernández.
El matrimonio había sido absuelto en mayo de 2019 en primera instancia judicial junto al resto de los 7 acusados por la falta de pruebas producto de la “deficiente investigación”. Gabriel, amante de la joven sanlorecina que estaba embarazada al momento de su desaparición. y su esposa Roxana Michl, Mirta Rusñisky, presunta autora de la interrupción del embarazo y Antonio Díaz, empleado de Strumia estaban acusados de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada y aborto sin consentimiento seguido de muerte en calidad de coautor y en concurso real. Para ellos la Fiscalía había solicitado la pena de prisión perpetua.
En tanto, al ex jefe de Cuerpos de San Lorenzo, Daniel Puyol se lo acusó por el delito de encubrimiento por favorecimiento personal y real y por no denunciar la perpetración de un delito cuando estaba obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole, agravado por su condición de funcionario público, e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real, en calidad de autor. Fiscalía pidió 6 años de cárcel y 10 de inhabilitación para funciones públicas.
El resto de los uniformados, Jorge Krenz, Gabriel Godoy, María José Galtelli y Aldo Gómez, fueron apuntados con los delitos de encubrimiento por favorecimiento personal, por no denunciar la perpetración de un delito cuando estaba obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole, agravado por su condición de funcionario público, e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por sustracción y destrucción de objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente y falsedad ideológica de instrumento público en concurso real, en calidad de autor. Para ellos el fiscal Donato Trotta había exigido 16 años de prisión e inhabilitación de 10 años para funciones públicas.
Ahora, la audiencia que fue hoy pospuesta para noviembre tiene como objetivo rever el agravamiento del fallo dictado en primera instancia que se produce en la Cámara por otro tribunal ordinario y de esta forma garantizar el derecho al recurso. “Todos los imputados tienen derecho a que dos tribunales conformen su condena y en este caso como la condena se produce directamente en segunda instancia, otro tribunal de apelación la revisa para obtener lo que se llama doble conforme”, explicaron desde Tribunales.
La resolución podría revocar o confirmar la resolución de la cámara de apelaciones respecto de las condenas de Mitchl y Strumia, –ambos en libertad– pero no tienen decisión sobre las absoluciones. Estas quedaron firmes y tienen su recurso con la Corte Suprema de Justicia.