En el marco de la pandemia.
La Municipalidad de Tostado, a través del Decreto N° 087/2020, adhirió a los recientes decretos provinciales que determinan habilitaciones de distintas actividades, las cuales deben cumplirse respetando los protocolos correspondientes en el marco de la pandemia coronavirus.
Decreto N° 087/2020
ARTICULO 1º)- Adhiérase la Municipalidad de Tostado al Decreto Provincial N° 1528/2020 en virtud del cual se autoriza a partir de la hora cero (0) del día 28 de noviembre de 2020, la práctica de deportes donde los participantes interactúen e incluso tengan contacto físico entre sí, en la modalidad entrenamiento, incluido el que se denomina “Fútbol 5”, sujeto a la condición de la implementación y cumplimiento del Protocolo presentado por la Provincia (PROBA), previamente autorizado por el municipio local.
ARTICULO 2º)- Adhiérase la Municipalidad de Tostado al Decreto Provincial N° 1530/2020 por el cual se autoriza a partir de la hora cero (0) del día 01 de Diciembre de 2020:
- a) La realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que implica concurrencia de personas, tanto al aire libre, como en teatros, centros culturales y otros lugares cerrados, sujeta a la condición de la implementación y cumplimiento del Protocolo General para la actividad teatral y música en vivo con público aprobada por la autoridad sanitaria mediante la NO-2020-77528092-APN-SSES#MS (Decisión Administrativa N° 2045/20 de la Jefatura de Gabinetes de Ministros de la Nación), que deberá ser previamente autorizado por el municipio local;
- b) La actividad complementaria de artistas en los bares y restaurantes durante el horario autorizado para su funcionamiento, sujeta a la condición de realizarse manteniendo en todo momento entre los participantes y asistentes, el distanciamiento social, sin desplazamientos, cumpliendo las reglas generales de prevención, ajustándose a los protocolos específicos, en cada caso, de la actividad en la que participen y respetar las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias y del trabajo. El protocolo deberá ser presentado ante la Municipalidad de Tostado para su autorización.
ARTICULO 3º)- Adhiérase la Municipalidad de Tostado al Decreto Provincial N° 1531/2020 por el cual se autoriza a partir de la hora cero (0) del día 01 de Diciembre de 2020, el funcionamiento de los Jardines Maternales de gestión privada, bajo la condición de presentación y cumplimiento de los Protocolos específicos aprobados por el Ministerio de Salud de la Provincia y las condiciones complementarias establecidas en el Decreto referido.
ARTICULO 4º)- Adhiérase la Municipalidad de Tostado al Decreto Provincial N° 1532/2020 por el cual se autoriza a partir de la hora cero (0) del día 05 de Diciembre de 2020, el funcionamiento en clubes e instituciones sociales de las denominadas “colonias de vacaciones”, “talleres de verano” o de manera similar, con o sin uso de natatorios; y de natatorios y demás infraestructura ubicada al aire libre en clubes e instituciones sociales, para uso recreativo o social. La actividad queda sujeta a la condición de la implantación y cumplimiento de los protocolos específicos aprobados por el Ministerio de Salud de la Provincia y en lo que correspondiere al Protocolo Base (PROBA) aprobado conjuntamente con la Secretaría de Deporte dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, y las condiciones complementarias establecidas en el Decreto referido, cuya presentación deberá efectuarse ante la autoridad municipal local.
La palabra de intendente
El intendente de la ciudad Enrique Mualem brindó más detalles acerca de las habilitaciones: