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lunes, diciembre 23, 2024

Fiscales repudiaron la creación de una Comisión Investigadora de Seguimiento

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En conferencia de prensa, el fiscal General Jorge Baclini expresó el rechazo al proyecto impulsado por la Cámara de Senadores de Santa Fe. 


El pasado jueves, durante la última sesión del Senado de la provincia de Santa Fe, se aprobó la creación de una Comisión de Seguimiento del Ministerio Público de la Acusación (MPA). El autor del proyecto es el senador justicialista Rubén Pirola y surgió a raíz de lo acontecido con su par Armando Traferri.

El objetivo de este proyecto consiste en el seguimiento de las actividades de los fiscales. Sin embargo, tras la sanción por parte de la Cámara Alta, los funcionarios judiciales repudiaron la emisión de la normativa. Ante la gran repercusión negativa generada por la medida, los legisladores decidieron frenar el proyecto.

Posteriormente, el presidente del Colegio de Magistrados de Santa Fe, Roberto Dellamónica, manifestó en Radio EME el desacuerdo con la decisión de Senadores. “No entendemos admisible que pudiera haber investigaciones paralelas a las que realiza el poder judicial”, advirtió.

En consecuencia, este martes, el fiscal General, Jorge Baclini, realizó una conferencia de prensa, donde manifestó que “los fundamentos que se toman para fundar el dictado de esta resolución son fundamentos que se muestran como erróneos, como falaces y como contradictorios”.

Además, remarcó: “Se hacen menciones de investigaciones en las cuales hay que destacar que el MPA quien las llevó adelante y las generó por circunstancias que surgieron de las propias investigaciones”.

Por último, afirmó: “Es una injerencia inconstitucional e ilegal dentro del marco de atribuciones dentro del MPA la creación de la comisión”. 

Desde el MPA emitieron un comunicado:

1 – se trata de una decisión de la Cámara Alta que denota una gravedad institucional inusitada y que es una clara intromisión en el MPA y en las investigaciones penales en curso. En tal sentido, es un avasallamiento no sólo al MPA sino al Poder Judicial en su conjunto y lejos está de poder encuadrarse en el sistema de pesos y contrapesos que debe existir entre los Poderes del Estado;

2 – está fuera de todo marco convencional, constitucional y legal y contradice los artículos 5; 6 y 29 de la Constitución Nacional y los artículos 1; 2; 9 y 46 de la Constitución Provincial;

3 – fue aprobada por la Cámara Alta de forma irreflexiva –habrían pasado apenas 24 horas desde la presentación del proyecto–;

4 – se fundamenta en afirmaciones falaces e imprecisas, referidas a diversas investigaciones judiciales que han sido llevadas a cabo en el ámbito del MPA y, contrariamente a lo alegado por los legisladores, el desarrollo de las investigaciones penales referidas demuestra el correcto y eficaz funcionamiento del organismo en su función de persecución penal, así como de los mecanismos internos de control, con la intervención de la Auditoría General de Gestión;

5 – se contrapone a lo establecido por la ley provincial número 13.013, la cual establece que el MPA tiene sus propios sistemas de control que fueron establecidos en su ley de creación y modificados por el Poder Legislativo de la provincia en diversas oportunidades (ley 13.695 de fines de 2017 y ley 13.807 de fines de 2018, en relación a estas dos últimas hoy está debatida su constitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia);

6 – en el supuesto caso de que se materialicen y exterioricen actos que impliquen el ejercicio ilegítimo de la función pública mediante la realización de algunas de las acciones previstas como ‘facultades’ de esta comisión, se podría configurar la comisión de delitos de ejercicio de funciones correspondientes a otro cargo (artículo 246 tercer inciso del Código Penal) y abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público (artículo 248 del Código Penal);

7 – fue el propio MPA mediante sus investigaciones penales y administrativas quien transparentó y avanzó con los casos de gravedad institucional (de público conocimiento) apuntalados por una firme decisión de mejora institucional. Asimismo, ante requerimientos que realizó el Poder Legislativo acerca de diversas investigaciones, el MPA siempre brindó la información correspondiente en el alcance que corresponde y en resguardo a los principios y deberes del organismo;

8 – en relación a las facultades autoatribuídas a esta comisión legislativa:

a – la posibilidad de que reciba denuncias y pruebas de los hechos que son objeto de la investigación –función de los fiscales del MPA que tienen a su cargo el ejercicio de la acción penal pública, tal como lo establece el artículo 20 de la ley provincial número 13.013– convertirían a la nueva comisión en una especie de organismo judicial paralelo y se estarían dando a conocer a personas ajenas a los responsables de la investigación pruebas cuya divulgación podría entorpecer el curso de una investigación. Además, no se establece en su caso el procedimiento que habrá de seguir a partir de su recepción, pudiendo incluso dilatar su conocimiento por parte de los órganos fiscales encargados por ley del ejercicio de la acción penal pública;

b – la posibilidad de requerir y recibir declaraciones testimoniales, no existe ley que permita a los legisladores provinciales ‘requerir’ a los ciudadanos que concurran a prestar declaración testimonial en el marco de investigaciones de naturaleza penal.

9 – Por otra parte, las máximas autoridades del MPA resolvieron informar oficialmente las decisiones tomadas al gobernador de la provincia; a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Provincia; a las cámaras de Diputados y de Senadores de la Nación; al Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina; a las asociaciones de Fiscales y Funcionarios del MPA; al Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y a las universidades nacionales del Litoral y de Rosario.

 

Escuchá la conferencia de prensa de Jorge Baclini:

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